Sábado, 20 de Abril 2024

Congreso da luz verde a “ley antirruido”

Cuando la infracción se cometa en casa habitación o propiedad privada, sin giro comercial, la autoridad municipal deberá acudir al domicilio y entregar apercibimiento

Por: Rodrigo Rivas Uribe

Autoridades estatales y municipales deberán contar con un sistema de atención, disponible las 24 horas, para recibir, atender reportes de contaminación acústica y acudir a verificar los decibeles. EL INFORMADOR / R. Rivas

Autoridades estatales y municipales deberán contar con un sistema de atención, disponible las 24 horas, para recibir, atender reportes de contaminación acústica y acudir a verificar los decibeles. EL INFORMADOR / R. Rivas

En sesión del pleno del Congreso, fue aprobada por unanimidad una reforma a la ley estatal de equilibrio ecológico para tratar de inhibir la contaminación auditiva y sancionar a los ruidosos. La llamada “ley antirruido” establece que las autoridades estatales y municipales deberán contar con un sistema de atención, disponible las 24 horas, para recibir, atender reportes de contaminación acústica y acudir a verificar los decibeles.

Cuando la infracción se cometa en casa habitación o propiedad privada, sin giro comercial, la autoridad municipal deberá acudir al domicilio y entregar apercibimiento. Cuando no se atienda la recomendación, procedería el arresto administrativo hasta por 36 horas. El vecino ruidoso será citado ante un juez calificador para que fije la naturaleza y monto de la sanción correspondiente.

El diputado Augusto Valencia López, promotor de la reforma, descartó que haya descafeinado la propuesta para obtener el consenso; dijo que se incluyeron observaciones de vecinos, empresarios y activistas. Respecto a las multas por generación de ruido excesivo, precisó que la infracción no podrá exceder, en ningún caso, las quinientas unidades de medida y actualización; es decir 40 mil 300 pesos con el valor actual. 

Los establecimientos comerciales sancionados en más de dos ocasiones, en un año, serán clausurados y se les revocará la licencia.

Será responsabilidad de los ayuntamientos determinar los corredores de tolerancia para la operación de giros comerciales.

La detonación de pirotecnia que provoque ruido excesivo quedará restringida a partir de las nueve de la noche y hasta las ocho de la mañana. En los casos donde no se respete el horario permitido, los ayuntamientos están facultados para emitir una multa.

Como parte de estas medidas “antirruido”, también se modificó la Ley de Movilidad para incluir sanciones a los automovilistas que hagan uso excesivo del claxon, mofleo o equipos de audio. En estos casos, la infracción será de 80 pesos hasta 403 pesos, con el valor actual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La modificación entrará en vigor luego de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, los municipios tendrán plazo de seis meses para modificar sus reglamentos y empatarlos con las nuevas disposiciones.

SA

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