Jueves, 25 de Abril 2024

Buscan inhibir robo de autopartes con reforma a Código Penal

Los vendedores y compradores deberán comprobar su identidad y la descripción del objeto

Por: Rodrigo Rivas Uribe

La obligación de comprobar la propiedad legítima del objeto de venta también aplicará en los casos de teléfonos celulares o computadoras. EL INFORMADOR/ ARCHIVO

La obligación de comprobar la propiedad legítima del objeto de venta también aplicará en los casos de teléfonos celulares o computadoras. EL INFORMADOR/ ARCHIVO

Entre las modificaciones al Código Penal estatal aprobadas en sesión del Congreso, los legisladores incluyeron cambios para que en la venta de autopartes o vehículos, los involucrados acrediten la propiedad legítima del bien motivo de la transacción.

La diputada Lourdes Martínez Pizano, promotora de la reforma, explicó que para validar la posesión legal se deben presentar la factura, una nota de venta, carta responsiva u otro documento donde conste la identidad de quien vende y la descripción del objeto. Se debe incluir fecha y dirección de quien transfiere y copia de su credencial de elector.

“Ahora van a tener que comprobar con una factura o documento donde digan yo me hago responsable de este bien que estoy vendiendo, tendrá que tener su identificación y la carta de quien lo vendió”, comentó la legisladora. Añadió que la obligación de comprobar la propiedad legítima del objeto de venta también aplicará en los casos de teléfonos celulares o computadoras.

La reforma original incluía la obligación de que los propietarios de negocios de venta de autopartes o chatarreras presentaran informe de sus inventarios a la Fiscalía General, aspecto que se suprimió en el dictamen aprobado. 

Los diputados también avalaron cambios para aumentar la pena por el robo de automóviles con violencia, en este caso la pena será de nueve a 20 años de cárcel y multa de hasta 12 mil 90 pesos. 

Sancionarán a quien no denuncie abuso de menores

El Congreso del Estado avaló cambios al Código Penal para incluir sanción a quien sea omiso en denunciar casos de abuso contra menores de edad. De acuerdo con la reforma, se castigará con pena de dos a cinco años de prisión a quien tenga conocimiento de casos de abuso de menor y no denuncie formalmente ante la autoridad. Será objeto del castigo la persona omisa que tenga parentesco, lazos afectivos o una posición de autoridad o confianza con el menor.

NM

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