Diputados atendieron las observaciones del Ejecutivo a la denominada “ley antiguaruras”, entre los cambios realizados está incluir a los alcaldes en el catálogo de funcionarios sujetos a obtener protección de escoltas.No obstante, los primeros ediles serán sometidos a una evaluación de riesgo para definir cuántos elementos se les asignarán.Además, en caso de que tengan para su protección a uniformados de las policías municipales, no podrán designarles personal de la Fiscalía General, explicó el diputado Augusto Valencia.Se establece en la norma que los gobernadores, secretarios generales de gobierno, presidentes municipales, los servidores públicos que ejerzan el mando de los cuerpos de seguridad pública, los que directamente les auxilien en ejercicio de éste y aquellos que pudieren suplirles en sus ausencias y sus allegados, podrán recibir protección en los términos de la Ley de Sujetos Protegidos para el Estado de Jalisco.El personal de custodia permanecerá después de concluido el cargo del funcionario por un plazo de igual duración a éste, transcurrido el lapso, si la situación de riesgo continúa prevalecerán las medidas hasta que desaparezca éste.Deberá existir un área específica dentro de la Fiscalía General y próximamente Secretaría de Seguridad, que validará la solicitud de funcionarios para que se les asigne personal a su custodia.Con la reforma a la Ley del Sistema de Seguridad Pública, se pretende regular y ordenar la asignación de escoltas y personal de seguridad por parte de instituciones públicas.La normatividad entrará en vigor el primer día del próximo mes de enero de 2018, previa publicación en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco.