Domingo, 22 de Junio 2025

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¿Violencia o censura en un tuit?

Por: Vania de Dios

¿Violencia o censura en un tuit?

¿Violencia o censura en un tuit?

Karla Estrella publicó un tuit y la multaron. En sus redes sociales cuestionó, durante el proceso electoral de 2024, que en Sonora hubieran cambiado algunas candidaturas e incluyeran a la esposa de un diputado. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la sancionó este miércoles por violencia política en razón de género.

El tuit, que finalmente borró días después de publicarlo, decía: “Así estaría el berrinche de Sergio Gutiérrez Luna para que incluyeran a su esposa, que tuvieron que desmadrar las fórmulas para darle una candidatura. Cero pruebas y cero dudas”.

La usuaria de redes sociales, dedicada al hogar, primero recibió un correo de la plataforma X, antes Twitter, donde le informaban que habían denunciado su publicación. “Twitter dijo que no iba a borrar nada y algunos abogados y colectivos se ofrecieron amablemente a ayudarme con la apelación. Me pareció un despropósito seguir gastando recursos públicos en debatir sobre un tuit, así que decidí borrarlo y terminar con el asunto si tanto le molestó”, publicó desde su cuenta @KarlaMaEstrella, el 27 de febrero de 2024.

Con celeridad, esa misma semana llegó, hasta la puerta de su casa, personal del Instituto Nacional Electoral (INE) para notificarle la denuncia y que tenía tres días para responder, explicar qué había querido decir y presentar pruebas de su publicación. El tuit con la opinión de la ciudadana trascendió.

El juicio ha puesto sobre la mesa dos posturas, que dejan un complejo precedente. En el TEPJF se discutió, por un lado, que la publicación del ama de casa formaba parte del debate público y de la libertad de expresión, ante un posible caso de nepotismo. Pero también que la publicación configuraba violencia política de género, porque sugería que la candidatura de Diana Karina Barreras era por ser esposa del legislador, menoscabando las capacidades y méritos de la hoy diputada federal.

Con tres votos a favor y dos en contra, el máximo tribunal electoral resolvió sancionar a Karla Estrella por lo que expresó en su tuit. Ahora deberá pagar una multa, disculparse públicamente durante 30 días consecutivos, tomar un curso de género, publicar un extracto de la sentencia en sus redes, y permanecer inscrita en el Registro de Personas Sancionadas del INE por 18 meses.

“Karla no insultó, no usó lenguaje sexista, ni negó derechos por razón de género. Emitió una opinión política”, cuestionó a través de sus redes sociales el Consejo Nacional de Litigio Estratégico, que ha acompañado a Karla durante todo el proceso.

“Lo que está en juego no es solo la reputación de Karla, es el derecho de todas las personas a opinar sobre lo público sin miedo a ser sancionadas por incomodar al poder. No disfracemos la censura con supuesta protección de derechos”, sentenciaron en @Consejo_Litigio desde la plataforma X.

¿Violencia de género o censura por un tuit? La violencia política en razón de género puede prestarse para la censura y la persecución política y jurídica de quienes critican a funcionarios; denegando así la libertad de expresión. La discusión de fondo es la crítica, su (in)tolerancia y el precedente de que, a partir de hoy, cualquier opinión pueda ser sancionada.

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