Viernes, 19 de Abril 2024

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Pavimentando futuro

Por: Lourdes Bueno

Pavimentando futuro

Pavimentando futuro

El futuro del país está por definirse. Entre campañas, candidatos y elecciones, el camino político está por despejarse, o complicarse. A esto hay que agregar dos elementos, la economía y la legislación. La economía estará muy ligada al resultado de las elecciones, por cuanto cuáles sectores económicos se sentirán representados, y cuáles otros se considerarán inseguros, dejando que su actuar mueva el piso. Pero está también, de manera muy relevante, la Ley de Seguridad Interna, y el trato que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dé a las controversias presentadas.

Y para recuperar este importante debate de entre la paja electoral, sobresale el artículo Seguridad Interior: La regresión, de Madrazo Lajous y Romero Vadillo, que acaba de publicar la revista Nexos, donde se revisa la historia de esta ley que, para sorpresa de muchos, se remonta a 1822. En ese momento, el Reglamento Provisional del Imperio, otorgaba al emperador la facultad para usar al Ejército en seguridad interior para conservar el orden interno, la paz y tranquilidad, debido a los levantamientos existentes. Un pasaje que como escondido polizón permaneció en la Constitución de 1857, también para combatir rebeliones.

Más adelante, este artículo constitucional le sirvió a Porfirio Díaz para rechazar los reclamos de indígenas yaquis y mayas. Entonces, se intentaba quitar a los mayas un amplio territorio, hoy el estado de Quintana Roo, que los indígenas reclamaban con derecho. Así, luego de fuertes presiones militares, la administración de Díaz finalmente declaró ese territorio como propiedad federal, despojando a los mayas. Pero, este artículo permaneció en la Constitución del 17, a pesar de que la reforma constitucional prohíbe la militarización de la seguridad pública.

En 2008 “el poder reformador de la Constitución decidió atajar la militarización, estableciendo de manera expresa, en el artículo 21, que la seguridad pública debía recaer de forma exclusiva en los cuerpos civiles, prohibiendo así la intervención castrense”. Yaunque el ex presidente Calderón quiso darle vuelta a esta prohibición, el Congreso lo rechazó. Y Calderón, entonces, simplemente ignoró la Constitución.

Del trabajo de Madrazo Lajous, doctor en derecho por la Universidad de Yale, y de Romero Vadillo, doctor en Ciencias Políticas por la Universidad Complutense, ambos académicos del CIDE, se concluye que la historia revisada resulta relevante porque de ella se desprende el problema de constitucionalidad del texto de la Ley de Seguridad Interna, aprobado en diciembre de 2017 con el apoyo, claro, del calderonismo, que no ceja en su empeño.

Así, ante la SCJN se han presentado varias controversias contra la Ley de Seguridad Interna por inconstitucionalidad. Sin embargo, muchos de estos reclamos, basados en argumentaciones diversas, han sido desechados por no estar bien sustentados, sin que la SCJN haya siquiera iniciado el análisis del contenido del texto.

Por esto es de suma importancia la controversia presentada por Cuauhtémoc Cárdenas, este 1 º de febrero, ante la SCJN. Un Amicus Curiae, recurso que posibilita a una persona ajena al proceso en el que se debaten cuestiones de trascendencia pública, y que tiene una reconocida trayectoria e idoneidad en el asunto en examen, a presentar a un alto tribunal consideraciones jurídicas. La argumentación se basa en que la Ley de Seguridad Interna está sustentada en el quebranto de derechos humanos y garantías fundamentales de los ciudadanos protegidas por la Constitución.

Una importante noticia que hoy se destaca como garbanzo de a libra fuera del biombo pre electoral, y que puede pavimentar el futuro de nuestra democracia.

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