Jueves, 28 de Marzo 2024

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¡Los diputados hicieron su tarea!

Por: Sergio Aguirre

¡Los diputados hicieron su tarea!

¡Los diputados hicieron su tarea!

El día de ayer, la Cámara de Diputados aprobó varias reformas a la Constitución, para en pocas palabras eliminar el llamado fuero de todos los funcionarios públicos antes por él protegidos, a saber: al Presidente de la República, los diputados y senadores al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, y por delitos federales a los ejecutivos de las entidades federativas, diputados locales, magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas, en su caso los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, y los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorga autonomía.

Evidentemente habrá que esperar la aprobación, —por tratarse de reformas a la constitución federal—, del Senado y de la mayoría de las legislaturas locales. Pero vale la pena adelantar su importancia. Porque no faltará el delincuente político que tratará de detenerlas, para gozar o seguir gozando cómodamente de esa figura, cuya finalidad de servir para equilibrar poderes, devino en fábrica de impunidad protectora de corrupción y sepa cuántos delitos.

Nos tocará vigilar no se altere su contenido, y se apruebe contra viento y marea.

En primer lugar, quizá lo más relevante: no se vulnera el equilibrio de poderes. ¿Cómo le hicieron? De forma muy inteligente. Sencillamente, si un juez vincula a proceso a cualquiera de dichos funcionarios, no se les podrá imponer como medidas cautelares la prisión preventiva ni la suspensión temporal de ninguna clase de su cargo, hasta dictada la sentencia y condenatoria (yo interpreto también firme) , o se termine su periodo. Si es condenatoria, no podrá ser sujeto de indulto. De esa manera se sigue desalentando iniciar juicios arbitrarios por el solo hecho de tener tal o cual investidura siendo incómodo, y al mismo tiempo ya no provoca esa impunidad lacerante.

Además de varias modificaciones y derogaciones constitucionales para simplemente armonizarlas bajo el nuevo parámetro, hay varias cosas interesantes. Las conductas contra el honor de las personas, como la difamación, la calumnia e injurias, no podrán ser sancionadas con cárcel. Ahora las constituciones locales no regularán el fuero contra delitos locales de los funcionarios de los estados y la Ciudad de México —a juicio de unos nuevo estado, a juicio de otros no—. Al contrario, se prohíbe permitir a nivel local cualquier tipo de tratos procesales preferentes por la comisión de delitos. El Presidente de la República junto a los servidores públicos señalados en el artículo 110 constitucional, ya podrá también ser sujeto de juicio político, además de poder ser juzgado ya no solo por traición a la patria y delitos graves del orden común, sino por todo tipo de conducta punible. Y al igual de todos los funcionarios ya referidos, serán juzgados como cualquiera, salvo la excepción señalada antes respecto de la prisión preventiva y suspensión del cargo. Asimismo se aclara: la responsabilidad civil y administrativa de todo funcionario es igual a la de cualquiera y la prescripción corre parecida suerte.

Felicidades diputados. No todo es malo.

Aquí el dictamen aprobado: https://goo.gl/26f4uQ

sergio@aguirre-consultores.com.mx / @seraguirre)

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