Miércoles, 13 de Agosto 2025

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La nueva mordaza del poder

Por: Jonathan Lomelí

La nueva mordaza del poder

La nueva mordaza del poder

Nació con un propósito noble: proteger a funcionarias y candidatas de ataques por su condición de mujer. 

Pero cinco años después, se ha convertido también en un instrumento de censura.

Hablo de la violencia política en razón de género. Me explico. 

El Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS) es una base de datos pública -disponible en la página del INE-  con los nombres de las y los violentadores.  

De 475 personas sancionadas, 100 son ciudadanos y ciudadanas comunes (21.7%), y 60 son periodistas (13%). 

En otras palabras, una de cada tres sanciones se dirige contra quienes no ocupan un cargo político ni aspiran a uno, pero ejercen su derecho a opinar o informar. 

El resto de las y los sancionados son funcionarios y políticos. 

El mapa es desigual: Oaxaca concentra 154 sancionados, mientras que en Jalisco hay apenas cinco, entre ellos tres periodistas (una mujer), un directivo y un medio.

El padrón se alimenta de una figura legal creada en 2020, cuando se incorporó el Artículo 20 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. 

Recién participé en un taller titulado “Las nuevas amenazas legales” impartido por Sara Mendiola de Propuesta Cívica, organismo dedicado a la defensa jurídica de la libertad de expresión en México. 

La especialista explicó que la violencia política en razón de género se tramita a través de un Procedimiento Especial Sancionatorio. El tecnicismo es importante porque esta figura se concibió originalmente para aplicarse a partidos políticos. Ahora se ceba sobre periodistas, medios y ciudadanos comunes. 

Mediola explicó que esta figura es más perversa que el daño moral (también usado por la clase política y empresarial ligada al poder). Este último busca una venganza, pero este nuevo mecanismo busca frenar el flujo informativo. 

¿Cómo? El INE puede ordenar medidas cautelares para que se retire información publicada o se impida su difusión. Es decir, censura previa disfrazada de protección.

El INE ahora actúa como “Ministerio Público” que incluso valida lo que debe o no publicarse. 

A diferencia de las demandas por daño moral -que buscan una compensación y, en muchos casos, una revancha personal-, la violencia política en razón de género se ha convertido en un mecanismo preventivo para silenciar críticas antes de que incomoden más. 

“Se ha constituido como un mecanismo de censura anticonstitucional”, resumió Mendiola.

La diputada federal petista Diana Karina Barrera, alias “Dato Protegido” -hoy en el centro de la polémica por su excesivo mal gusto para el lujo- es el perfecto ejemplo de esta perversión de la norma (para decirlo en odioso abogañol).   

La Corte ha señalado que cuando se trata de juicios de valor, siempre que sean de interés público, tienen protección constitucional. Las y los funcionarios deben tener un mayor umbral de tolerancia a la crítica. 

Bajo la bandera de proteger a las mujeres, el poder está reforzando su arsenal para callar voces incómodas.

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