Viernes, 26 de Abril 2024

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CURP

Por: Luis Jorge Cárdenas Díaz

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El Congreso de la Unión aprobó la iniciativa de Ley que obligará a todos los mayores de 18 años a obtener su Clave Única de Registro de Población (CURP).

Después de la Segunda Guerra  Mundial se empezó a utilizar en Europa la Cédula Personal de Identidad (CPI), inicialmente para control de la población y después, para el pago de impuestos. Para cualquier trámite se requería la presentación de la CPI. Era motivo de privación de la libertad no portar consigo el documento. En algunos países latinoamericanos -República Dominicana y Panamá- se estableció con carácter obligatorio, lo cual se facilitó porque tenían regímenes de gobierno dictatoriales. 

En México, por primera ocasión en 1954 como una ponencia para controlar la evasión de impuestos, lo cual no fue muy bien aceptado porque en el último censo de población hubo necesidad en 1955 de  enviar al ejército a algunas comunidades rurales porque los campesinos se negaban proporcionar cualquier información que fuera solicitada por el gobierno.

La Ley General de Población establece la obligación de instalar un registro para controlar la población, sin embargo no fue sino hasta fines del siglo pasado que se instituyó la Clave Única de Registro de Población, mejor conocida como CURP, que es un instrumento que sirve para registrar e identificar de forma individual a todos los habitantes del país.

Se espera que esta clave única e irrepetible sustituya las diversas claves que actualmente se asignan para distintos servicios y trámites como la licencia de conducir, pasaporte, cartilla del servicio militar, acta de nacimiento, cartilla de vacunación, certificados escolares, cédulas profesionales,  registro federal de contribuyentes, IMSS, ISSSTE, SAR, INE, más los registros individuales que se llevan en distintas dependencias oficiales para identificación de trámites.

Hace ya más de 20 años que inició la implantación de la CURP y aún no se concluye, dentro  de los trámites pendientes, está la labor que desarrolla el Registro Nacional de población (RENAPO) que está creando una base nacional de datos de todos los registros civiles interconectados y el proceso de captura de datos históricos. 

Indudablemente que la CURP tiene un sinnúmero de ventajas, tanto para el gobierno como para los particulares, pero también tiene algunas desventajas que es necesario subsanar, en el entendido de que, lo que para el fisco es ventaja, para el contribuyente es desventaja.  Entre las ventajas podemos señalar: Se evitará que los contribuyentes paguen impuestos solo sobre una  parte de sus ingresos utilizado varias cuentas bancarias, unas ligadas a las actividades declaradas y otras a las ocultas; esta cuenta única permitirá que los contribuyentes puedan tener acceso a su cuenta a través de  Internet, para saber cuál es el estado que guardan sus contribuciones con el fisco, lo cual hasta la fecha solo es posible a través del portal del SAT;  el amarre del sistema incluirá medidas de seguridad para proteger el nombre del cliente y evitar que esta información sea utilizada por personas extrañas con fines delictivos; por último, la simplificación que representa contar con una sola credencial para toda clase de trámites.

El hecho de que se obligue a los mayores de 18 años a tramitar su CURP no debe tomarse como una intromisión del fisco con fines exclusivamente recaudatorios, sino como una obligación que tiene el gobierno de llevar un control de la población, inclusive para mejorar los controles sobre la delincuencia.

luisjcardenas2@hotmail.com

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