Viernes, 26 de Abril 2024

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- “Ley Garrote”

Por: Jaime García Elías

- “Ley Garrote”

- “Ley Garrote”

Como mero ejercicio de pizarrón, supongamos, lector amable, que al circular por una carretera se percata de que una caseta de cobro fue “tomada” por manifestantes. Supongamos que los motivos de la “protesta” -una exigencia social de discutible legitimidad, una inconformidad colectiva por algún probable abuso de autoridad…- sean explicados en las inevitables “pintas”, pancartas y cartelones. Supongamos que algunos participantes en la manifestación se aproximan a usted, bote en mano; le comunican sumariamente sus motivos y le notifican que aunque de ordinario se paga en esa caseta una cuota -digamos- de 150 pesos,  le permitirán pasar si usted aporta para su causa (la de ellos, claro) una “cooperación voluntaria” de cien pesos…

-II-

¿Qué hace, en tales circunstancias, la inmensa mayoría -por no decir que la totalidad- de los automovilistas…? ¿Qué haría usted, lector amable…?  ¿Negarse, considerando que los manifestantes están incurriendo en un delito, por una parte, al obstaculizar, impedir o condicionar el libre tráfico de los ciudadanos por las vías generales de comunicación, y, por otra, al impedir que los concesionarios  cobren la tarifa aprobada por las autoridades… y, para empeorar el asunto, imponen una cuota arbitraria -aunque la planteen como “voluntaria”- en beneficio (en el mejor de los casos) de su causa…? ¿Estacionar el automóvil, apagar el motor, pedir a sus acompañantes que se armen de paciencia y aprovechen para estirar las piernas o dar cuenta de un sándwich y un refresco en lo que llegan las autoridades, retiran a los manifestantes, restablecen el orden, recuperan el control de la caseta, le cobran los 150 pesos y le franquean el paso mientras le ofrecen una atenta disculpa por las molestias y contratiempos…?

-III-

Más allá de que, por poner algunos ejemplos tomados de la historia, el plantón en Reforma que paralizó la Ciudad de México durante meses tras las elecciones federales de 2006, o la toma del Zócalo y el Monumento a la Revolución en defensa de los privilegios del sindicato de maestros, en su momento fueron defendidos como “legítimas reivindicaciones sociales, amparadas por la Constitución”, la penalización de ciertos abusos, atropellos, arbitrariedades e injusticias, tradicionalmente asociadas a las manifestaciones, recientemente dispuesta por el Congreso de Tabasco -la llamada “Ley Garrote”-, encaja en la máxima de que la libertad de cada individuo termina donde comienza la del vecino…, y -variante del consabido apotegma juarista- en que el respeto al derecho ajeno es la norma suprema de la convivencia social.

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