Jueves, 18 de Abril 2024

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- “Feminicidios”

Por: Jaime García Elías

- “Feminicidios”

- “Feminicidios”

Es noticia que “en una semana han sido asesinadas 12 mujeres en Jalisco”. Si en ese mismo lapso hubieran sido asesinados 12 hombres en la Entidad, también sería noticia. Lo primero se explica porque, normalmente, el número de víctimas de asesinatos, del sexo femenino, es notoriamente inferior a las del sexo masculino. Lo segundo, porque la cifra estaría por debajo de lo usual.

Aunque las estadísticas en materia de criminalidad son inestables, hay una constante: el número de homicidas varones es considerablemente mayor al de homicidas mujeres. Lo mismo ocurre en el caso de las víctimas. Prueba de ello es que, en todo el mundo y en México particularmente, hay muchos más hombres procesados o sentenciados, que mujeres en la misma situación.

-II-

Ahora bien: que el hombre, según todos los indicios, sea más proclive que la mujer a la violencia, no necesariamente significa que muchos ni mucho menos que todos los crímenes en que las víctimas son mujeres -como los varios registrados a últimas fechas en Jalisco- deban ser calificados como “feminicidios”, ni que merezcan un tratamiento especial de los investigadores ni penalidades más severas de los jueces. Si el número de asesinatos de mujeres es inferior al de hombres (algunas estadísticas señalan que la proporción es de una a 70), casi nunca hay elementos para etiquetarlos como “feminicidios”. Éstos, por definición (a partir de 1976, cuando la sudafricana Diana Rusell, doctora en psicología social, utilizó el término ante el Tribunal Internacional de los Crímenes contra la Mujer), serían los crímenes en que se mata a una mujer por el hecho de ser mujer. Ejemplos característicos serían los crímenes de Jack el Destripador, en Londres, a finales del Siglo XIX, o los de Higinio Sobera de la Flor o “Las Poquianchis”, en México, ambos a mediados del Siglo XX.

-III-

Ahora bien: el porcentaje de esclarecimiento de los pretendidos “feminicidios”, como el de los homicidios en general, es ínfimo. Acciones “preventivas” o “protocolos de investigación” como las que resultarían de las “alertas de género” que se demandan y eventualmente se decretan a raíz de estos sucesos, por tanto, están condenados de antemano a convertirse en letra muerta. Después de todo, los niveles de impunidad -hijos de la incompetencia de las teóricas “procuradurías de justicia” (así, con minúsculas)- no hacen distingos por “razones de género”, como pomposamente se les designa…

(Dicho lo cual, con la venia del lector amable, abrimos un paréntesis de una semana en este espacio. Felices fiestas).
 

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