Viernes, 19 de Abril 2024

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- Convivencia

Por: Jaime García Elías

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La supuesta “aclaración” del cardenal José Francisco Robles Ortega, arzobispo de Guadalajara, con respecto a las recientes declaraciones del Papa Francisco acerca de que “las personas homosexuales tienen derecho a una familia”, era, en rigor, innecesaria...

Las palabras del Papa no significaban un viraje de 180 grados con respecto a la doctrina de la Iglesia, como algunos, a la ligera, interpretaron. Tampoco sugerían que la Iglesia estuviera en vías de aprobar y aun de dar el rango de sacramentos a los “matrimonios mixtos”, como ahora se les denomina, y que muchas legislaciones civiles -las mexicanas entre ellas- han homologado con los matrimonios tradicionales.

-II-
Lo novedoso -relativamente novedoso, además, porque no es la primera declaración del actual pontífice en ese sentido-, en todo caso, es el tono del mensaje. Un tono amable, respetuoso, caritativo -cristiano, en una palabra-, diferente al tono condenatorio que tradicionalmente aplicaban la Iglesia y los eclesiásticos a cualquier asunto relacionado con la homosexualidad, a la que se tildaba de aberración, se señalaba con índice de fuego y se condenaba sin misericordia.

De hecho, en su más reciente alusión al tema, el Papa se pronunció a favor de “una ley de convivencia civil”, semejante, ciertamente, pero no idéntica al matrimonio. La legislación mexicana ya acepta esa modalidad; la define como “un acto jurídico que se constituye cuando dos personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua”.

La Sociedad de Convivencia -dice la ley- “Tiene por objeto la convivencia -obviamente-, un domicilio común, la permanencia, la asistencia y la ayuda mutua”. No incluye la obligación del débito carnal entre los convivientes -algo que la Iglesia difícilmente llegará a consentir entre personas del mismo sexo-, por lo que puede aplicarse a parejas heterosexuales u homosexuales, o a cualquier otro tipo de relaciones de amistad y/o de cuidado, como pudieran ser las uniones entre amigos, viudos o divorciados, estudiantes o personas de la tercera edad que libremente toman la decisión de compartir vivienda, acompañarse y apoyarse mutuamente.

-III-

En las sociedades de convivencia -a semejanza del concubinato, reconocido  asimismo por la legislación civil como una relación de derecho pleno- es factible tanto el beneficio de la seguridad social como el de los derechos sucesorios, por lo que debe entenderse que el Papa las alienta, las bendice... y, además, sugiere que se promuevan.

Más claro, agua.
 

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