Los primeros meses del año son clave para el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que corresponden al periodo establecido para cumplir con distintas obligaciones fiscales, como la declaración anual. En marzo, las empresas en México concluyeron este proceso; sin embargo, el órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) advirtió que aún deberán presentar el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio 2025.A través de un comunicado, la dependencia recordó a las empresas que su proceso de cumplimiento fiscal todavía no termina, pues falta entregar el dictamen fiscal que avala el correcto cumplimiento de su reporte financiero y tributario.El dictamen fiscal es un reporte obligatorio elaborado por un Contador Público Inscrito (CPI), autorizado por el SAT, que certifica que en los estados financieros con efectos fiscales se refleje correctamente que la empresa o emisora bursátil cumplió con el pago de sus impuestos.Esto tiene como objetivo brindar certeza tanto a la autoridad fiscal como a la propia empresa sobre el cumplimiento adecuado de sus obligaciones tributarias.De acuerdo con el calendario del SAT, las empresas tienen como fecha límite para presentar este documento el próximo viernes 15 de mayo.En caso de no cumplir dentro del plazo establecido, el SAT advirtió que podrían ser acreedoras a sanciones económicas que van desde los 17 mil 330 pesos hasta los 173 mil 230 pesos.Además, se les puede restringir el uso del Certificado de Sello Digital, necesario para emitir comprobantes fiscales, lo que significa que no podrían facturar.Si el incumplimiento no se solventa, esto incluso podría derivar en la cancelación definitiva del certificado, entre otras penalizaciones contempladas en las disposiciones fiscales, señaló la autoridad.De acuerdo con el SAT, esta obligación aplica para empresas que, en el ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan acumulado ingresos iguales o superiores a mil 940 millones 178 mil 120 pesos sujetos al Impuesto Sobre la Renta (ISR), o que tengan acciones colocadas en la bolsa de valores.Para empresas y personas físicas con actividad empresarial, el dictamen fiscal puede ser opcional si sus ingresos acumulables superan los 157 millones 785 mil 270 pesos.También puede aplicar si el valor de sus activos supera los 124 millones 650 mil 380 pesos o si al menos 300 trabajadores les prestaron servicios en cada mes del ejercicio declarado, aunque en estos casos no siempre es obligatorio.El órgano recaudador recordó que este dictamen debe ser elaborado por un contador público autorizado, quien emite su opinión profesional sobre la naturaleza, alcance y resultado de la situación financiera del contribuyente.* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * * XP