Jueves, 22 de Enero 2026

SAT: estos son los requisitos para emitir facturas en 2026

Emitir facturas ante el SAT se puede realizar de manera gratuita

Por: El Informador

Desde la aplicación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) puedes emitir facturas. UNSPLASH / C. HUME

Desde la aplicación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) puedes emitir facturas. UNSPLASH / C. HUME

De acuerdo al Servicio de Administración Tributaria (SAT), todas las personas físicas pueden emitir facturas con su  e.firma a través de la aplicación  gratuita del SAT, asimismo si pertenecen al Régimen de Incorporación Fiscal pueden facturar con su contraseña desde "Mis cuentas". 

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Qué documentos se necesitan para facturar?

Para emitir una factura ante el SAT, se requieren los siguientes documentos:

  • RFC
  • Nombre o razón social
  • Código Postal (CP)
  • Régimen fiscal

Recuerda que emitir una factura no tiene costo, siempre y cuando se utilice el sistema gratuito del SAT. No obstante, si se hace mediante plataformas privadas, pueden existir tarifas por volumen de facturas, personalización, almacenamiento o soporte técnico. 

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¿Cómo obtener mi constancia de situación fiscal?

Si estas dado de alta en el SAT, puedes obtener tu constancia de situación fiscal, que indicará en que régimen estás inscrito. Para hacerlo debes seguir los siguientes pasos: 

  • Entra al portal del SAT.
  • Ve a la selección “Trámites y Servicios”.
  • Selecciona el último apartado: “Más trámites y servicios”.
  • Dirígete a “Constancias, devoluciones y notificaciones”.
  • Selecciona “Constancia de Situación Fiscal”.
  • En el apartado “Inicia el Trámite”, dirígete a la opción “En línea” para agilizar el proceso.
  • Inicia sesión con tu RFC y contraseña, o bien, con tu fiel (e.firma). 
  • Genera la constancia, que se descargará en formato PDF y mostrará tu información de contribuyente, incluyendo tu régimen fiscal. 

Recuerda que desde la aplicación puedes generar facturas electrónicas por los pagos de sueldo y salarios o ingresos asimilados y las retenciones de ISR que realices a tus trabajadores, en forma individual o masiva. 

A pesar de que, dichos servicios se encuentran dirigidos a aquellos contribuyentes con grandes volúmenes de facturación, no están limitados sólo a estos, es opcional para los contribuyentes en general. 

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