Jueves, 28 de Marzo 2024

Emite SCT norma para el transporte de mascotas en avión

Las especies braquicéfalas de perros y gatos (cabeza ancha y nariz reducida) no podrán viajar en la cabina de pasajeros, debido a que tendrían dificultades para respirar con normalidad

 

Por: SUN

Entre las especies braquicéfalas están el bulldog inglés y francés, bóxer, boston terrier, pug, pequinés, shih tzu y lhasa apso. AP / ARCHIVO

Entre las especies braquicéfalas están el bulldog inglés y francés, bóxer, boston terrier, pug, pequinés, shih tzu y lhasa apso. AP / ARCHIVO

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) emitió la norma oficial mexicana relativa al transporte de mascotas en avión, la cual permite sólo el transporte de animales de servicio, incluyendo perros lazarillos y animales de apoyo emocional, en la cabina de pasajeros.

"Los animales de servicio, incluyendo perros lazarillos y animales de apoyo emocional, serán aceptados por los concesionarios y permisionarios, sin cargo alguno", indica la norma publicada en el Diario Oficial.

La NOM 121 establece que las especies braquicéfalas de perros y gatos (razas de cabeza ancha y una nariz reducida) no podrán viajar en la cabina de pasajeros, debido a que pueden desarrollar el síndrome respiratorio que les impide respirar normalmente o la incapacidad de regular su temperatura corporal, lo que puede provocar la muerte súbita del animal.

Entre las especies braquicéfalas están el bulldog inglés y francés, bóxer, boston terrier, pug, pequinés, shih tzu y lhasa apso.

Tampoco podrán ser trasladados en la cabina los animales potencialmente peligrosos o que por su naturaleza representen peligro para la tripulación y los pasajeros.

La norma también indica que el manejo de animales domésticos y de servicio a bordo de las aeronaves, se realizará con trato humanitario y por ningún motivo deberán ser sedados.

Tampoco se aceptarán para el transporte aéreo animales infectados, ya sea vivos o muertos.

Las mascotas que viajen en el compartimiento de carga del avión deberán cumplir con los principios que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil:

Deberán viajar en su contenedor y contar con un certificado de salud y vacunación válidos y vigentes.

El animal viajará en el mismo vuelo del dueño y en su contenedor que deberá llevar (proporcionado por su dueño) material absorbente para sus defecaciones, alimento y agua necesarios para el trayecto de que se trate.

La mascota deberá poder pararse y moverse dentro de la jaula.

No se permitirá la movilización de dos mascotas en la misma jaula.

Se deberá presentar la documentación vigente requerida y expedida por un médico veterinario en original y copia, junto con la carta responsiva en mostrador.

Y el contenedor deberá cumplir con las dimensiones establecidas por la SCT.

SA

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