Economía

Pensión Bienestar: ¿Cómo se solicita el pago de marcha si fallece el titular?

Las Pensiones del Bienestar dan un último pago a la persona auxiliar del beneficiario fallecido, con el objetivo de apoyar en los gastos que deben realizarse

El pago de marcha es un apoyo económico que se entrega en una sola exhibición a la persona auxiliar del derechohabiente de una de las pensiones del Bienestar cuando este fallece, de acuerdo con las reglas de operación establecidas por la Secretaría del Bienestar.

El sitio oficial de Programas para el Bienestar señala que el pago de marcha está disponible en la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, la Pensión Bienestar de las Personas con Discapacidad y la Pensión Mujeres Bienestar.

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¿Cuánto da la Pensión Bienestar por pago de marcha?

El monto se determina según la pensión que recibía el fallecido:

Pensión para los adultos mayores: 3 mil 100 pesos

Pensión para las personas con discapacidad: mil 600 pesos

Pensión Mujeres Bienestar: mil 500 pesos

¿Cómo se solicita el pago de marcha de la Pensión Bienestar?

Para poder acceder al monto, es necesario notificar la muerte del derechohabiente en la Línea del Bienestar, al número 800 639 42 64, en un horario de 8:00 am a 9:00 pm de lunes a viernes y de 9:00 am a 7:00 pm en fines de semana y días de asueto.

Al momento de llamar, es importante que la persona tenga a la mano el acta de defunción o constancia médica de fallecimiento del derechohabiente, pues durante la comunicación la operadora solicitará algunos datos contenidos en estos documentos.

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La persona auxiliar recibirá instrucciones durante la llamada para recibir el pago. Luego del trámite correspondiente, el pago se emitirá en al siguiente bimestre.

Para poder acceder al Pago de Marcha es necesario que la persona responsable notifique el deceso dentro del tiempo límite estipulado por el programa, es decir, dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento, de lo contrario, se pierde el derecho al apoyo.

¿Cómo se registra a una persona auxiliar?

Cabe recordar que las Pensiones para el Bienestar contemplan la entrega del pago de marcha solo a las personas auxiliares.

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Para hacer el registro, es necesario que el titular de la pensión o la persona que quedará registrada como persona auxiliar llame a la Línea del Bienestar. Se debe proporcionar la siguiente información de ambas personas:

  • CURP
  • Direcciones de domicilios
  • Claves de elector
  • Números de contacto

Tener registrada a una persona auxiliar también sirve para que esta acuda en representación del derechohabiente a realizar cualquier trámite relacionado con la pensión.

Con información de Programas para el Bienestar

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