México | El delito se actualiza por la posesión de más de cinco armas del Ejército La SCJN señala parámetros del delito de acopio de armas El delito se actualiza por la posesión de más de cinco armas de uso exclusivo del Ejército Por: NTX 15 de mayo de 2013 - 18:20 hs La Primera Sala de la SCJN establece que el acopio de armas no tiene incidencia en el lugar donde se ejerza. ARCHIVO / CIUDAD DE MÉXICO (15/MAY/2013).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el delito de acopio de armas de fuego se actualiza por la posesión de más de cinco armas de uso exclusivo del Ejército, sin la autorización respectiva y con independencia del lugar donde sean descubiertas. Al resolver la contradicción de tesis 71/2013 en sesión pública, la Primera Sala del máximo tribunal del país estableció que el acopio de armas no tiene incidencia en el lugar donde se ejerza, pues la descripción de la tipificación del ilícito no lo incluye. La propuesta del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo se refiere al delito previsto y sancionado en el Artículo 83 Bis de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Dicho ilícito se actualiza cuando alguien tiene bajo su control personal y radio de disponibilidad más de cinco armas de fuego de uso exclusivo de los institutos de seguridad nacional, sin la autorización correspondiente y con independencia del lugar donde se descubran, precisaron los ministros. Temas Política SCJN Control de armas Lee También Policía de Zapopan realiza cinco detenciones en una semana El precio de la paz en Gaza José Jerí asume como presidente de Perú Congreso de Perú destituye como presidenta a Dina Boluarte Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones