CIUDAD DE MÉXICO (08/FEB/2017).- Un juez concedió amparo a una persona originaria de Guatemala, víctima indirecta por el homicidio de su hijo cuyo cuerpo fue hallado en 2011 en una fosa clandestina en el municipio San Fernando, Tamaulipas, y sentó precedente sobre medidas de reparación.El juez Juan Pablo Gómez Fierro, del Juzgado V de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, estableció además precedente de interpretación sobre derechos de las víctimas, específicamente los vinculados con el acceso a las medidas de reparación previstos en la ley en la materia.En una nota informativa, el Consejo de la Judicatura Federal informó que el juzgador resolvió el amparo 1794/2016 y concedió la protección de la justicia federal a dicha persona originaria de Guatemala.Sobre el caso expuso que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas otorgó a dicha persona una ayuda como reembolso de los gastos funerarios de su hijo.No obstante, puso a su disposición un cheque nominativo que se entregaría en la Ciudad de México, para lo cual habría de identificarse con credenciales emitidas por el gobierno mexicano.El quejoso alegó que por su situación especial le era imposible recoger ese cheque, por lo que pidió que el reembolso se realizara a través de una transferencia electrónica en la cuenta bancaria de la asociación civil que lo representaba ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, lo que le fue negado.El juzgador federal dio la razón al quejoso, al estimar que las condiciones exigidas para que fuera realizado el reembolso eran contrarias a los principios de "debida diligencia" y de "victimización secundaria", previstos en la Ley General de Víctimas.Ello toda vez que se impedía el acceso real, efectivo, ágil y eficaz al reembolso que le había sido concedido.Con esa sentencia se establece un precedente sobre los criterios de interpretación de los derechos de las víctimas, específicamente de aquellos vinculados con el acceso a las medidas de reparación previstos en la ley en la materia.