Domingo, 12 de Octubre 2025
México | Se deben dar informes detallados cada que se use la violencia en deteciones

Emiten reglamento para regular uso de fuerza de policías en el DF

El documento señala que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y las Policías Preventiva, Complementaria y de Investigación son las responsables de acatar el reglamento

Por: SUN

La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal publicó un reglamento que regula el uso de la fuerza. ARCHIVO  /

La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal publicó un reglamento que regula el uso de la fuerza. ARCHIVO /

CIUDAD DE MÉXICO (26/NOV/2011).- La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF) publicó un reglamento que regula el uso de la fuerza de los cuerpos de seguridad adscritos a la dependencia.

Publicado en la Gaceta Oficial de la ciudad de México, el documento señala que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) y las Policías Preventiva, Complementaria y de Investigación son las responsables de acatar el reglamento.

Indica que los cuerpos de seguridad pública deberán ser dotados de radio transmisor, chaleco antibalas, candado de manos, antimotín, vehículos, caninos, semovientes, entre otros, no sin antes aprobar la capacitación requerida para el manejo del equipo.

En los casos que un elemento de los cuerpos de seguridad pública haga uso de la fuerza, en cumplimiento de su deber, informará por escrito y de manera inmediata al mando superior los motivos de la detención, describir a la persona o personas detenidas, nombre de la persona aprehendida o en su caso, información que permita su identificación y los objetos que le fueron encontrados.

Agrega que en cumplimiento a lo establecido por el Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la SSPDF y la PGJDF formarán a sus integrantes con el objetivo de que rijan su actuación bajo principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, aún en los casos de uso legítimo de la fuerza.

Será responsabilidad de esas dependencias elaborar su propio manual en el que se deberá incluir derechos humanos y uso de la fuerza, criterios básicos para el uso y manejo de las armas no letales, armas y equipos, niveles y uso gradual de la fuerza y prevención de la tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes, entre otros.

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