Viernes, 26 de Abril 2024
México | Piden dar conocer una versión pública de la base Ante Mortem y Post Mortem

El INAI ordena a PGR entregar base de datos de desaparecidos

Piden dar conocer una versión pública de la Base de Datos Ante Mortem y Post Mortem de la institución

Por: SUN

Inconforme, la particular interpuso recurso de revisión ante la respuesta negativa de la PGR. SUN / ARCHIVO

Inconforme, la particular interpuso recurso de revisión ante la respuesta negativa de la PGR. SUN / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (17/SEP/2017).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) dar conocer una versión pública de la Base de Datos Ante Mortem y Post Mortem, de los mil 165 registros de familiares de las personas desaparecidas que aportaron sus datos genéticos y que han sido homologados en dicha base.

La versión únicamente deberá contener la fecha de visto por última vez (año); municipio y estado/ departamento (municipio y estado); y clase de muestra (recurso de identificación genética: sangre, cabello, entre otros).

En respuesta, la PGR señaló que la Base de Datos AM/PM es una herramienta informática para gestionar información sobre personas desaparecidas y restos humanos, las circunstancias que rodean la desaparición de personas y la recuperación de, o partes de los cuerpos, así como los lugares donde se localizan.

Sin embargo, dijo que la base de datos no concentra ni realiza análisis de muestras genéticas, para lo cual se requiere otro sistema especializado, razón por la cual, dijo, no cuenta con dichos registros.

Inconforme, la particular interpuso recurso de revisión, en el que manifestó que, si bien la Base de Datos AM/PM no concentra muestras genéticas, sí guarda un registro de datos para hacerlas homologas y se pueda identificar a una persona desaparecida.

En alegatos, la PGR, a través de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad facilitó a la particular, en relación con el requerimiento de información sobre el número de registros de familiares de personas desaparecidas que aportaron sus datos genéticos y que han sido homologados dentro de la Base de Datos Ante Mortem y Post Mortem para la identificación de personas desaparecidas.

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Oscar Guerra Ford destacó que, con su respuesta complementaria en alegatos, confirmó que sí detenta la información solicitada en el requerimiento.

Además, vía un requerimiento de información adicional, la ponencia tuvo acceso a una muestra de los datos que obran en la Base de Datos AM/PM, en donde se visualiza que existe un registro concerniente al año, estado, municipio y recurso de identificación genética (sangre, cabello, etc.), de familiares de personas desaparecidas que aportaron sus datos genéticos y que han sido homologados.

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