Miércoles, 15 de Octubre 2025
Jalisco | Esto es sólo para los mayores de edad, los menores continuarán proceso en libertad

Ciclistas del Code reciben auto de formal prisión

Esto es sólo para los mayores de edad, los menores continuarán proceso en libertad

Por: EL INFORMADOR

Este caso ha empañado la participación del equipo en la Olimpiada Nacional. ARCHIVO /

Este caso ha empañado la participación del equipo en la Olimpiada Nacional. ARCHIVO /

GUADALAJARA, JALISCO (28/MAY/2014).- El grupo de ciclistas de Jalisco que fue consignado ante el Juzgado Décimo Cuarto de lo Penal debido a que son acusados por el delito de abuso agravado y corrupción de menores en contra de un menor, ya recibió el auto de formal prisión.

 Sin embargo, los dos menores que también se encuentran implicados en el caso obtuvieron su libertad, bajo las reservas de ley; es decir, pagaron una fianza, pero su proceso jurídico se llevará en libertad.

 El 12 de mayo de 2014, ante la Fiscalía General del Estado se presentó el padre de un menor de 15 años para interponer una denuncia por el abuso sexual del que su hijo; pues había sido objeto en el dormitorio del Code, por lo que de inmediato se inició una investigación.

 Los jóvenes procesados son: Hiram Santiago Pérez Udabe, de 21 años, Edibaldo Maldonado Rayas, de la misma edad, Gabriel Aldair Figueroa Cobos, de 18 años y Miguel Santana Rodríguez, quienes se encuentran detenidos en el penal de Puente Grande.

 El padre de la víctima, expuso que el entrenador del equipo sabía de la situación y no actuó ni tomó medida alguna para castigar a los responsables.
 
 SABER MÁS

 La ley dice: el artículo 142 del Código Penal del Estado de Jalisco

 ARTICULO 142 M. A quien tenga cópula o cópula equiparada con una persona menor de edad o con una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado de las cosas o de resistir el hecho, se le impondrá una pena de:

 1. Tres meses a cinco años de prisión, cuando la víctima tenga entre  15 y menos de 18 años de edad y el acto se realice con su consentimiento por medio de la seducción, la cual se presume salvo prueba en contrario, o por medio del engaño.

 2. Ocho a 15 años de prisión, cuando la víctima tenga entre 15 y menos de 18 años de edad y el acto se realice sin su consentimiento, o cuando sea una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado de las cosas o de resistir el hecho.

 3. De 12 a 20 años de prisión, cuando la víctima sea menor de quince años de edad.

 El delito señalado en la fracción 1 del párrafo anterior, se perseguirá por querella de la parte ofendida o de su legítimo representante.

 Se entiende por cópula, la introducción total o parcial del miembro viril, en el cuerpo de la víctima, por vía vaginal en su caso, oral o anal.

 Se entiende por cópula equiparada, le introducción total o parcial de cualquier objeto distinto al miembro viril, en el cuerpo de la víctima, por vía vaginal en su caso o anal, con fines eróticos sexuales.
 

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