Economía | Los patrones podrán establecer esquemas de ayuda alimentaria para los trabajadores Aplica SAT deducibilidad en alimentos Despensas o comidas proporcionadas a los empleados en comedores, restaurantes u otros establecimientos de consumo de alimentos podrán deducirse Por: SUN 18 de enero de 2011 - 02:39 hs El apoyo alimentario en restaurantes y comedores que los patrones den a sus empleados será deducible de impuestos. ARCHIVO / CIUDAD DE MÉXICO (18/ENE/2011).- A partir de este martes entrará en vigor la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores con el propósito de mejorar su estado nutricional, prevenir enfermedades vinculadas con una alimentación deficiente y proteger la salud en el ámbito ocupacional, informó la Secretaría de Hacienda. La dependencia informó que los patrones podrán establecer esquemas de ayuda alimentaria para los trabajadores mediante despensas o comidas proporcionadas a los empleados en comedores, restaurantes u otros establecimientos de consumo de alimentos. En el Diario Oficial, Hacienda detalló que la ayuda alimentaria no podrá ser otorgada en efectivo. Hacienda dijo que los gastos en que incurran patrones en servicios de comedor, despensas o vales podrán ser deducibles en las Leyes del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU). Además de que los ingresos correspondientes al trabajador se considerarán exentos por prestaciones de previsión social para el trabajador en términos de la Ley del ISR y no forman parte de la aportación de seguridad social. Herbert Bettinger, socio legal de Ernst & Young, consideró que la aclaración que hizo Hacienda es una perfecta explicación a los patrones en México. “Con la aclaración se precisa si el comedor eran o no ingreso para el trabajador, se especifica que no son ingresos acumulables a salarios del trabajador y el comedor sí es deducible para los patrones”, dijo el fiscalista. Añadió que el mismo caso se presenta para los vales de despensa. Hacienda destacó que elaborará y difundirá una campaña permanente encaminada a promover beneficios para los patrones y trabajadores vinculados al otorgamiento de ayuda alimentaria. Hacienda añadió que la contratación por parte del patrón de una empresa emisora de vales que no cumpla los requisitos señalados en la ley se sancionará con multa de dos mil hasta 6 mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate. Además, los patrones deberán demostrar que la ayuda alimentaria ha sido entregada a sus empleados. Temas Economía Mexicana SAT Impuestos Lee También México vs. Argentina: Hora de alzar el pecho México vs. Colombia: Javier Aguirre espera un duelo de alta exigencia México vs Argentina: Estas son las posibles alineaciones para el Mundial Sub-20 Dólar sube ante tensiones comerciales y preocupaciones fiscales Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones