Viernes, 29 de Marzo 2024

Nueva presidenta del INE requerirá mayoría para tomar decisiones

La mujer que se convierta en la próxima presidenta del INE, tendrá que tener al menos 6 votos de los 11 consejeros para poder tomar decisiones al interior del Consejo General

Por: SUN .

La próxima presidenta del INE tendrá a su cargo las facultades de de presentar el anteproyecto del presupuesto y proponer al Secretario Ejecutivo, los Directores Ejecutivos, así como las solicitudes de registro de candidatos a la Presidencia de la República, entre otras funciones. SUN / ARCHIVO

La próxima presidenta del INE tendrá a su cargo las facultades de de presentar el anteproyecto del presupuesto y proponer al Secretario Ejecutivo, los Directores Ejecutivos, así como las solicitudes de registro de candidatos a la Presidencia de la República, entre otras funciones. SUN / ARCHIVO

La mujer que llegue a la presidencia del Instituto Nacional Electoral (INE), a partir del 4 de abril, requerirá de una mayoría de seis consejeros para poder tomar decisiones al interior del Consejo General.

Ante los señalamientos de que podría llegar un perfil parcial a la presidencia, si bien este cargo tiene otras atribuciones, al ser un órgano colegiado, no puede tomar decisiones por sí misma.

La aprobación de proyectos en el Consejo General requiere de un mínimo de seis votos de los 11 consejeros que lo conforman.

En casos como la designación del titular de la Secretaría Ejecutiva, se requieren ocho votos, dos terceras partes del Consejo General, a propuesta de la presidencia.

El Consejo también tiene la facultad de designar a los directores ejecutivos y de unidades técnicas del Instituto, a propuesta de la presidencia, con un mínimo de ocho votos.

Atribuciones de la presidencia

La presidencia del INE tiene la facultad de presentar el anteproyecto del presupuesto y proponer al Secretario Ejecutivo, los Directores Ejecutivos y demás titulares de unidades técnicas del Instituto.

También se encarga de recibir de los partidos políticos nacionales las solicitudes de registro de candidatos a la Presidencia de la República y las de candidatos a senadores y diputados por el principio de representación proporcional y someterlas al Consejo General para su registro.

vll

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