Martes, 16 de Abril 2024

Congreso debe ratificar a Fiscal General, afirma MC

Para que Raúl Sánchez Jiménez permanezca frente a la FGE, el Legislativo debe ratificarlo en los próximos 30 días, afirmó Ismael del Toro

Por: Rodrigo Rivas Uribe

Del Toro calificó el perfil de Raúl Sánchez Jiménez como el de una persona capacitada para el cargo. ESPECIAL

Del Toro calificó el perfil de Raúl Sánchez Jiménez como el de una persona capacitada para el cargo. ESPECIAL

Si la intención del Gobernador es que el fiscal, Raúl Sánchez Jiménez, permanezca al frente de la dependencia por lo que resta de la administración estatal el nombramiento debe ser ratificado por el Congreso en los próximos 30 días, sostuvo el coordinador de la fracción de Movimiento Ciudadano Ismael del Toro Castro, argumentó que de no cumplirse con el requisito se violaría la ley orgánica de la Fiscalía y se podría caer en una ilegalidad.

Del Toro insistió en que un encargado de despacho no puede permanecer por tiempo indefinido y que con esa figura el nombramiento no puede tener una temporalidad mayor a 30 días, comentó que buscará acercamiento con el Gobernador para clarificar el punto y cuidar la legalidad en un cargo tan importante.

El coordinador de la bancada emecista calificó el perfil de Raúl Sánchez Jiménez como el de una persona capacitada, que conoce el trabajo en la dependencia y con experiencia de más de 30 años en temas de seguridad.

La postura del legislador de Movimiento Ciudadano discrepa de la del coordinador priista, Hugo Contreras, que afirmó que no hay plazo para que el Gobernador remita al Congreso su propuesta de nuevo Fiscal para que sea ratificada 

SABER MÁS

La ley orgánica de la Fiscalía General del Estado en su artículo 39 establece que, en caso de ausencia del Fiscal General, éste será suplido por el Fiscal Central hasta por treinta días.

En el reglamento de la ley orgánica de la Fiscalía en su artículo 64 se especifica que, en caso de destitución, renuncia o ausencia absoluta del Fiscal General, el puesto será cubierto por el Fiscal Central o, a falta de éste por el Fiscal Regional, durante el periodo en el que sea propuesto un nuevo Fiscal General por el Gobernador del Estado y éste sea ratificado por el Poder Legislativo.

LS

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones