Martes, 23 de Abril 2024

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Nombramiento ilegal ¿Cuál sigue?

Por: Sergio Aguirre

Nombramiento ilegal ¿Cuál sigue?

Nombramiento ilegal ¿Cuál sigue?

La semana pasada escribía aquí sobre la importancia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y las estatales. Su importancia es de carácter moral recalqué. Sus resoluciones o recomendaciones no obligan a las autoridades. Las pueden cumplir o no hacerlo, si bien hasta ahora lo han hecho en un promedio muy alto (un 90%), dada la calidad, seriedad de sus determinaciones y una verdadera autoridad no vinculante, pero construida por años por sus integrantes. Y por la opinión pública, gran parte de la ciudadanía activa, empresarios, periodistas, colegios de abogados y un gran etcétera, a cuyas recomendaciones seguían puntualmente precisamente por las cualidades de la CNDH. La principal: al ser el Gobierno contra el Gobierno, pero la CNDH sin poder de fuerza, total y absoluta independencia. De entrada, con el titular de esta. 

La Barra Mexicana, Colegio de Abogados, A.C. (BMA), a través de su presidente nacional, don Héctor Herrera Ordóñez, el día de ayer remitió un comunicado a la recién nombrada presidenta a de la CNDH, María del Rosario Piedra Ibarra. En ella se le solicita su renuncia en virtud de las irregularidades en su nombramiento. Sin pretender sea un ataque personal, el documento se dice por la no debilitación de dicho organismo, además de no perjudicar la propia trayectoria de ella misma al aceptar un cargo de forma ilícita y de tal magnitud. (Yo agregaría, con su incompetencia).

Dice la BMA, en primer lugar, hubo irregularidades en el proceso de designación (sabemos, lo de los dos votos mágicos y lo demás como la pertenencia de Piedra Ibarra a MORENA como dirigente o vueltas irregulares para su designación). Pero no solo eso. ¡No cumple con los requisitos de la norma para el cargo!

Luego: “La petición se hace en virtud de las irregularidades que se dieron el pasado 12 de noviembre en la elección hecha en el Senado de la República, destacando la violación a los artículos 102, apartado B de nuestra Constitución Federal, 910, 10Bis y 10 Ter. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y de los hechos lamentables en los que se ha visto envuelta su designación.”

“En efecto, la votación calificada que exige la Constitución para su elección no se alcanzó. La terna se sometió al pleno del Senado en tres ocasiones, siendo que debió presentarse una nueva tantas veces como hubiese sido necesario. Asimismo, un requisito de legibilidad es no desempeñar, ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal, en algún partido político en el año anterior a su designación. Así es que, en el proceso, debieron acreditarse los requisitos de idoneidad, pero como no fue así debe reponerse el procedimiento, incluyendo lo relativo a la elegibilidad. La elección debió ser hecha por dos terceras partes de los Senadores presentes, y no sucedió de esa forma.”

¿Qué tal?

También ayer, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), mediante la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, básicamente señaló lo mismo.

La preocupación no es de a gratis. ¿Cuál barbaridad sigue?

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