Martes, 23 de Abril 2024

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- Linchamiento

Por: Jaime García Elías

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Apareció por ahí, punto menos que como nota perdida; más para la anécdota que para la noticia. Era una foto-nota en la primera plana de EL INFORMADOR de ayer; “Vecinos se niegan a retirar mantas por la inseguridad”, rezaba el encabezado; en la gráfica, un cartel colgado de lado a lado de la calle; y el texto: “¡Advertencia! Vecinos de Jardines de la Paz Vs. Delincuencia. Si te agarramos, te linchamos. Vecinos unidos. Basta de robos”.

-II-

Los linchamientos, por definición, son las ejecuciones, multitudinarias y sin proceso, de delincuentes o meros sospechosos detenidos en flagrancia por los vecinos. Con respecto a su origen y a su denominación, hay dos teorías: una alude a James Lynch Fitzstephen, alcalde de Galway, en Irlanda, quien supuestamente dispuso, en 1493, el ahorcamiento de su propio hijo, acusado del asesinato de un forastero. La otra, al estadounidense Charles Lynch, juez del estado de Virginia, quien durante la Guerra Civil ordenó, en 1789, la ejecución de una banda de lealistas. En la literatura, el caso más célebre es el de Fuenteovejuna, pieza dramática en que Lope de Vega refiere el linchamiento de Fernán Gómez. En el cine, es célebre la recreación de un episodio ocurrido en septiembre de 1968 en San Miguel Canoa -así se llama la película: “Canoa”-, en el estado de Puebla, donde tres de cinco estudiantes de la universidad que pretendían escalar “La Malinche” fueron asesinados por una turba, acusados por un sacerdote de ser militantes comunistas.

Desde cierta óptica ciudadana, digámoslo así, el linchamiento consiste en aplicar la justicia por propia mano. Los sociólogos lo interpretan como una reacción espontánea ante la probada ineficiencia de la autoridad para combatir delitos que se vuelven endémicos en un grupo social determinado. Para los juristas, se trata de una acción ilícita por cuanto quienes la aplican se apropian del derecho a castigar (“ius punendi”), entendido en todas las legislaciones modernas como prerrogativa del Estado, basada a su vez en el derecho de los particulares a ser sometidos a juicios justos y a que se les presuma inocentes hasta que no se pruebe de manera indubitable su culpabilidad.

-III-

En muchos linchamientos ocurridos en México, con demasiada frecuencia ha habido funestos -y, por desgracia, irreparables- equívocos, en la génesis de los cuales está, ciertamente, el instinto primario de venganza de ciertos grupos sociales… pero también, por desgracia, la sensación de que la justicia, en este bendito país, es una planta bastante exótica.

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