Miércoles, 24 de Abril 2024

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Por: Jaime García Elías

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Si a consultas fuéramos, pocos gobernantes, en México -alcaldes, gobernadores, Presidentes...-, se salvarían de ir a la cárcel al final de sus mandatos. La regla, con tan honrosas como escasas excepciones, es que la mayoría decepcione a los ciudadanos, en parte porque nunca ha ocurrido el portento de que se cumplan sus promesas de campaña alusivas al bienestar de las personas y el progreso del pueblo en todos los órdenes, y en parte porque casi todos dan motivos para suponer que hicieron de la ley un papalote, y sacrificaron el bien común en aras de su enriquecimiento personal y el de los cómplices en las trapacerías que perpetraron al abrigo del poder.

-II-

Sin que ello represente declararlo vencedor en el intercambio de dimes y diretes que fue noticia a principios de la semana, es evidente que el ex Presidente Felipe Calderón tiene razón al afirmar que no puede someterse a consulta popular “algo que debe ser decidido por las leyes y por los jueces”.

De hecho, las leyes prevén los asuntos en que la “vox populi” puede pronunciarse. Sin embargo, si se trata de posibles delitos como pudieran ser el blanqueo de capitales -los provenientes de sobornos como los que supuestamente distribuyó la empresa Odebrecht, y que se habrían repartido entre funcionarios públicos para asignar contratos y “representantes populares” para aprobar leyes “a la carta”-, en un país en que impera, en efecto, el Estado de derecho, el aparato judicial se activa a partir de que las conductas potencialmente delictivas se denuncian, y el mismo aparato determina culpabilidades o inocencias.

En pocas palabras, se aplica la ley... al margen de las muy respetables o doctas opiniones de Juan Cuerdas y Perico de los Palotes.

-III-

Tras difundirse -por cuenta del fiscal Alejandro Gertz Manero- las aseveraciones de Emilio Lozoya, que involucran a prominentes personajes, funcionarios públicos de la administración anterior, en conductas inmorales, deshonestas, reprobables, aún faltaría dar tres pasos: el primero, probarlas (¿quién dijo que “podrán acusarme de ratero, pero no calificarme de tarugo”...?); el segundo, que tales conductas constituyan delitos; y el tercero, que, de serlo, no hayan prescrito.

Si así ocurre, es probable -y deseable, además- que los delincuentes sean sancionados como corresponde, porque se supone que las leyes están para cumplirse..., pero no porque los participantes en una consulta, en nombre de la información de que dispongan (o de su simple simpatía o aversión hacia los señalados), así lo determine.

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