Jueves, 22 de Enero 2026

SAT confirma que los patrones no pueden exigirte este documento ni sancionarte

El SAT busca dar certeza a trabajadores y empleadores, evitar confusiones y fomentar el cumplimiento fiscal

Por: El Informador

La autoridad fiscal precisó que este documento no es un requisito obligatorio para la emisión de facturas electrónicas. ESPECIAL

La autoridad fiscal precisó que este documento no es un requisito obligatorio para la emisión de facturas electrónicas. ESPECIAL

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que los empleadores no pueden exigir a las personas trabajadoras la entrega de la Constancia de Situación Fiscal (CSF) ni imponer sanciones en caso de no presentarla. La autoridad fiscal precisó que este documento no es un requisito obligatorio para la emisión de facturas electrónicas ni para el timbrado de recibos de nómina, por lo que su solicitud como condición resulta improcedente.

La aclaración surge ante la persistencia de prácticas en centros de trabajo y establecimientos que condicionan trámites fiscales o laborales a la presentación de la CSF. Frente a ello, el SAT reiteró que dicha exigencia carece de sustento legal y que, por el contrario, puede derivar en sanciones para quienes incurran en esta conducta.

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El SAT aclara qué sí y qué no es obligatorio

De acuerdo con la autoridad fiscal, la Constancia de Situación Fiscal es un documento informativo que contiene datos como el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el domicilio fiscal y el régimen en el que tributa una persona. Sin embargo, no es obligatoria para emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), ni en operaciones comerciales ni en la relación laboral entre patrones y trabajadores.

Para la emisión de una factura o de un recibo de nómina, el SAT establece que únicamente se requieren cuatro datos básicos del contribuyente: RFC, nombre o razón social, código postal y régimen fiscal. Por ello, solicitar la constancia completa excede lo necesario y puede implicar el manejo indebido de información personal.

La autoridad también fue enfática en señalar que ningún empleador tiene facultades para sancionar, retener pagos o condicionar la emisión de nómina por la falta de este documento. En el mismo sentido, recordó que exigir la CSF como requisito para facturar constituye una infracción prevista en la legislación fiscal vigente.

Multas y alternativas para cumplir con la ley

El SAT advirtió que condicionar la emisión de facturas o la realización de trámites fiscales a la entrega de la Constancia de Situación Fiscal puede derivar en multas económicas para quien lo haga. Estas sanciones están contempladas en el Código Fiscal de la Federación y buscan inhibir prácticas que no están alineadas con la normativa actual.

Como alternativa, la autoridad fiscal recordó que existen mecanismos formales para que los patrones obtengan la información fiscal necesaria de sus trabajadores sin recurrir a la CSF. Entre ellos se encuentra la solicitud de datos a través de los procedimientos establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal, así como el uso de documentos simplificados que contienen únicamente la información indispensable para facturar.

Asimismo, el SAT puso énfasis en la Cédula de datos fiscales, un documento que concentra los cuatro elementos necesarios para la emisión de CFDI y que puede obtenerse de manera gratuita a través de los canales oficiales. Esta opción permite cumplir con las obligaciones fiscales sin exponer información adicional.

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Otro de los puntos subrayados por la autoridad es que la Constancia de Situación Fiscal incluye datos sensibles cuya difusión debe limitarse a los casos estrictamente necesarios. Exigirla de forma generalizada puede vulnerar la protección de datos personales y generar riesgos innecesarios para los contribuyentes.

Con esta aclaración, el SAT busca dar certeza tanto a trabajadores como a empleadores, reducir confusiones y promover el cumplimiento adecuado de las disposiciones fiscales, evitando trámites innecesarios y posibles sanciones.
 

YC

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