Ante la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) relacionado con la incorporación del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) al precio de las gasolinas y el diésel en 2026, la población mexicana ha mostrado incertidumbre ante la posibilidad de un "gasolinazo". La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) se ha pronunciado al respecto: [no] se traducirá en incrementos en el costo final al consumidor.El pasado 26 de diciembre, Hacienda publicó el Comunicado número 70, en conjunto con la Secretaría de Energía, en el cual reiteró que " se mantiene la Estrategia para Estabilizar el Precio de la Gasolina".En el documento se dice que, desde el 1 de marzo del año en curso, se encuentra vigente la Estrategia Nacional para Estabilizar el Precio de la Gasolina, un pacto voluntario con empresarios gasolineros orientado a mantener el precio de la gasolina regular (Magna), por debajo de los 24 pesos por litro.En este contexto, la actualización del IEPS como parte del precio de la gasolina de este octanaje por inflación que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2026, no afectará la Estrategia en ninguno de los elementos, ni se traducirá en incrementos en el costo final al consumidor.El acuerdo fue coordinado en conjunto entre las secretarías de Energía, Hacienda, de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), así como con la Comisión Nacional de Energía, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Procuraduría Federal de Consumidor (Profeco) y la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y Petróleos Mexicanos (Pemex).El pasado 22 de diciembre, el DOF publicó que "las cuotas aplicables a los tabacos labrados, combustibles automotrices, bebidas saborizadas, combustibles fósiles y las cuotas aplicables a las gasolinas y al diésel que se destinan a las entidades federativas, se actualizarán anualmente y entrarán en vigor a partir del 1 de enero de cada año".El Gobierno de México señala que el IEPS es una cuota o gravamen indirecto que se aplica a la producción, venta o importación de ciertos bienes y la prestación de servicios específicos.La intención es aplicar este impuesto principalmente a productos con efectos dañinos o negativos en el consumidor, tales como bebidas alcóholicas, saborizadas, refrescos; cigarros, puros; y alimentos con alta densidad calórica, como chocolates y botanas.* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * * FF