En caso de fallecimiento de una beneficiaria de la Pensión Mujeres Bienestar, su familia podrá acceder a un apoyo económico denominado "pago de marcha". Este beneficio también se encuentra disponible en otros programas sociales como la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y la Pensión del Bienestar de las Personas con Discapacidad.El pago de marcha corresponde a un monto de mil 500 pesos y debe ser solicitado por un familiar de la persona fallecida. Para ello, es imprescindible seguir una serie de pasos establecidos por el programa.La persona auxiliar registrada en el programa deberá notificar el fallecimiento a través de la Línea del Bienestar, llamando al 800 639 42 64. Durante la llamada, se le solicitará presentar ciertos documentos esenciales, como el acta de defunción o una constancia médica expedida por una institución pública.Es importante destacar que la notificación debe realizarse dentro de los dos bimestres posteriores al fallecimiento. De lo contrario, se perderá el derecho a recibir este apoyo.Las beneficiarias del programa deben registrar a una persona auxiliar al momento de inscribirse en la pensión. Este auxiliar podrá encargarse de realizar trámites en representación de la beneficiaria y, en caso de su fallecimiento, será quien reciba el pago de marcha.Para registrar a un auxiliar, es necesario comunicarse con la Línea del Bienestar y proporcionar la siguiente información tanto de la beneficiaria como del auxiliar:Una vez que se ha realizado la notificación del fallecimiento y se han cumplido todos los requisitos, el pago de marcha será depositado en el siguiente bimestre. Este apoyo está diseñado para ayudar a la familia a afrontar los gastos que puedan surgir tras la pérdida de la beneficiaria.Cabe recordar que el programa Pensión Mujeres Bienestar otorga un apoyo de 3 mil pesos cada dos meses a sus beneficiarias, garantizando así un respaldo económico continuo.BB