Jueves, 28 de Marzo 2024

El SAT estudia esquemas para regresar impuestos a empresas

La dependencia busca lineamientos para que se mantenga la devolución vía compensación para los sectores primarios, el exportador y las maquiladoras

Por: SUN

Representantes de la Coparmex y el SAT se reunieron para

Representantes de la Coparmex y el SAT se reunieron para "explorar una solución" a la eliminación del esquema de compensación. NTX/ARCHIVO

Luego de que la semana pasada el sector privado se quejó de que el Congreso de la Unión eliminó mecanismos para compensar el IVA a favor de las empresas contra el ISR o retenciones, lo que atrasaría las devoluciones, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se comprometió a buscar lineamientos para que se mantenga la devolución vía compensación para los sectores primarios, el exportador y las maquiladoras.

En un comunicado, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), que preside Gustavo de Hoyos Walther, dijo que representantes de la iniciativa privada se reunieron este jueves con la jefa del SAT, Margarita Ríos-Farjat, y el subsecretario de Ingresos, Arturo Herrera, para "explorar una solución" a la eliminación del esquema de compensación, y se alcanzaron cuatro acuerdos:

Uno.- El SAT analizará si con reglas de carácter general puede permitir que los impuestos que tengan las empresas a favor generados hasta el 31 de diciembre de 2018 se compensen con cualquier otro impuesto en enero de 2019.

Dos.- A través de lineamientos se buscará que los sectores agrícola, ganadero, pesquero y silvícola, además como los exportadores y maquiladores, así como los contribuyentes con tasa menor al 16% puedan continuar compensando impuestos de forma universal.

Tres.- Se instalarán mesas de trabajo por sector económico para agilizar los procesos de devolución de saldos a favor.

Cuatro.-En los próximos días se emitirán disposiciones "que puedan atenuar los efectos nocivos de la #LeyGandalla", es decir de esta disposición por la cual sólo se puede compensar IVA a favor por IVA en contra, ISR a favor con ISR en contra, pero no se puede deducir el IVA a favor contra el ISR o retenciones en contra.

JM

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