LFT: ¿Quiénes NO recibirán aguinaldo este 2025?
Recordemos que el día límite que tienen todas las empresas para pagar el aguinaldo a sus empleados, es el próximo 20 de diciembre
De cara al fin de este 2025, miles de trabajadores mexicanos aguardan por el pago de su aguinaldo —tal y como lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT)—, bien sea para los regalos navideños, vacaciones, deudas pendientes o como colchón económico. Bajo este contexto, ¿hay trabajadores que no recibirán aguinaldo? En esta nota te contamos los detalles.
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Según el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), todas las trabajadoras y trabajadores formales tienen derecho a percibir el aguinaldo con excepción de:
- Contratos por honorarios
Trabajadores independientes, freelance, autónomos. - Trabajos sin salario fijo
Trabajadores con pago por comisiones o ingresos variables. Si su relación laboral está regulada por la LFT y es un vínculo formal con la empresa, puede percibir aguinaldo. - Sector informal
Vendedores ambulantes o personas con puestos no registrados para trabajar de manera formal. - Contratos temporales, eventuales o prueba
Estos trabajadores sí perciben aguinaldo, pero, solo de forma proporcional al tiempo trabajado (menor a un año de servicio).
Como ya lo dicta el Artículo 87 de la LFT, el día límite que tienen todas las empresas para pagar el aguinaldo a sus empleados, es el próximo 20 de diciembre. Por costumbre, el monto económico suele depositarse del 15 al 19 de diciembre.
Ahora, para calcular el aguinaldo, lo primero es dividir el sueldo mensual bruto entre 30 días para obtener el salario diario, posteriormente hay que multiplicar el resultado por quince días —que es el mínimo legal—.
Hay que considerar que si la persona trabajo menos de un año, el pago será proporcional, por lo tanto, habrá que dividir 15 entre 365 días y multiplicar por los días trabajados, después solo hay que multiplicar el resultado por el sueldo diario.
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Esto es lo que pasa si no recibes aguinaldo antes del 20 de diciembre
En dado caso de que las empresas no cumplan con su obligación de abonar el aguinaldo antes de la fecha prevista, los trabajadores podrán meter una queja en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
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AO