¿La reventa de boletos de eventos masivos es ilegal?
Se considera una falta administrativa, es decir es un delito menor, cuya sanción es emitida por autoridades locales
El Código Penal Federal, en su artículo 243, contempla sanciones relacionadas con la falsificación de documentos, lo cual incluye boletos o accesos a espectáculos masivos, tales como conciertos o partidos de futbol.
A pesar de ello, las leyes federales no contemplan la reventa, puesto que se considera una falta administrativa, es decir es un delito menor, cuya sanción es emitida por autoridades locales.
Por ejemplo, en el caso de la Ciudad de México, la Ley de Cultura Cívica, en el artículo 28 fracción XI contempla una falta el “ofrecer boletos de espectáculo públicos con precios superiores a los autorizados”.
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Además, la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos de la Ciudad de México, detalla, en el Capítulo IV que “queda prohibida la venta de boletos en la vía pública y alterar el precio en el que se ofrezcan en la taquilla. De igual manera queda prohibida la reventa”.
Las multas por la reventa de boletos pueden ser desde 2 mil a 4 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMAS), que es entre 207 mil 480 a 414 mil 960 pesos y entre 25 y 36 horas de arresto.
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MV