Jalisco

Zapopan ya cuenta con órgano para cambiar usos de suelo

La resolución deberá ser presentada ante el pleno para su confirmación o rechazo

ZAPOPAN, JALISCO.- El Ayuntamiento de Zapopan aprobó un dictamen con el que facultó a la Comisión de Desarrollo Urbano para integrar los expedientes de las solicitudes de cambios de uso de suelo de los ciudadanos, que a punto de resolución deberán ser presentados ante el pleno para su confirmación o rechazo.

De esta forma, el Ayuntamiento dotó a esa comisión, presidida por Germán Pellegrini Pérez, de facultades muy parecidas a las que ejerció la Comisión Técnica de Desarrollo Urbano (CTDU), tan criticada por las actuales autoridades de haber cometido excesos durante la administración anterior.

Así fue, se argumenta en el dictamen, pues el Código Urbano vigente desde este año eliminó la posibilidad de que la autoridad administrativa reconsidere cambios de uso de suelo –o dictámenes de trazos, usos y destinos específicos, formalmente-, lo que sí estaba contemplado en el artículo 114 de la Ley de Desarrollo Urbano.

El síndico de Zapopan, Ricardo Anguiano Apodaca, aseveró que el procurador de Desarrollo Urbano de Jalisco, Aarón Vázquez Huerta, convino en que debe ser el pleno del Ayuntamiento la instancia que debe resolver este tipo de solicitudes de aquí en adelante.

El síndico confía en que la Comisión de Desarrollo Urbano no cometerá las faltas de la CTDU, pues a diferencia de esta última, se ajustará estrictamente a las etapas procesales que marca la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus “cuatro formalidades esenciales”:

“Primero, tiene que haber un avocamiento, entonces debe constatarse que efectivamente el particular acreditó que hubo un acto de la administración que le causó un perjuicio y tiene que demostrar que fue a él y no a otro; segundo, tiene que haber un ofrecimiento y una valoración de pruebas (por parte de particular); tercero, tiene que haber etapa de alegatos, o sea, valoradas las pruebas tendrá derecho de réplica el particular pero también los terceros perjudicados (como los vecinos del sitio en cuestión); cuarto, debe haber una resolución, el máximo acto de autoridad en el que se dice el ciudadano con las pruebas tenía razón o se confirma la negativa de uso de suelo”.

Concluyó: “Si se siguen esas cuatro formalidades del procedimiento vamos a estar sobre un terreno jurídico seguro… además siendo el pleno del Ayuntamiento va a haber una rendición de cuentas directamente hacia los ciudadanos porque somos representantes populares”.

El Informador/ Luis Herrera

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