Jalisco

Llega a tribunales conflicto del Parque Rehilete Alcalde

La judicialización del caso fue reconocida por la Sindicatura tapatía, que fue llamada al juicio de amparo promovido por la empresa que fuera la concesionaria del espacio

GUADALAJARA, JALISCO (16/ABR/2012).- La disputa por el Parque Rehilete Alcalde entre el Ayuntamiento de Guadalajara y la empresa privada que fuera su concesionaria está escalando en su complejidad, ahora se reconoce la judicialización del caso por parte de la autoridad municipal, luego de que el pasado viernes 13 de abril fuera formalmente notificada de la existencia de un juicio de amparo en su contra.

La Sindicatura de Guadalajara asevera tener de su lado la razón jurídica, pero lo cierto es que sigue sin fijarse una fecha precisa para que el parque pueda restablecer sus actividades para el ingreso del público: la clausura se mantiene hasta ahora.

Juan Paulo Dávalos Navarro, titular de la Dirección de lo Jurídico Contencioso de la Sindicatura, explica que el viernes fueron emplazados  a juicio por el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, y notificados de la existencia de una suspensión legal concedida a la empresa privada para que pueda mantener su concesión.

La cronología que puede hacerse del caso, conforme a la información y perspectiva proporcionada por el funcionario, es la siguiente:

- El 30 de marzo la Sindicatura tapatía le notifica a la empresa Diversiones Arias que quedado revocada su concesión del parque y la licencia para operarlo, debido a incumplimientos al contrato como el pago de una renta, que representa actualmente una deuda hacia la autoridad cercana a los dos millones de pesos.

-Luego del transcurso de 72 horas posterior a dicha notificación, como un plazo para que la empresa pudiera buscar el cumplimiento voluntario del contrato, se considera formalizada la revocación por parte de la Sindicatura de Guadalajara al no haberse acercado el particular para evitar la cancelación del acuerdo.

- Para el 3 de abril,  cuando el Ayuntamiento ya no reconocía a la empresa como concesionaria, el Juzgado le otorga al particular una suspensión provisional para que no pudiera revocarse el convenio, lo que a decir de la autoridad municipal ya era un acto consumado para ese entonces.

-El 4 de abril, al no haber concesión ni licencia con vigencia para la empresa, la Dirección de Inspección y Vigilancia tapatía clausura el lugar. Posteriormente, aquella suspensión emitida por el Juzgado desde el 3 de abril, le es notificada de su existencia a la autoridad municipal hasta el 13 de abril, el viernes pasado.

La Sindicatura tapatía presentó entonces un recurso de queja contra la suspensión provisional otorgada a la empresa privada. Dávalos Navarro confía en que la resolución de este trámite, que deberá estar lista en esta misma semana, le despeje el camino a la autoridad municipal para que pueda encargarse nuevamente de la gestión del inmueble y reactivarlo en tanto sigue el fondo del juicio de amparo.

Para la autoridad municipal dicha suspensión no debió haberse emitido a favor de la empresa, pues si ésta ya no tenía la concesión al momento de solicitarla ante el Juzgado (como lo afirma la Sindicatura), entonces no tenía interés jurídico en el caso; también defiende que debe estar por encima el interés público o colectivo -por el que dice actuar la autoridad- que el de la sociedad mercantil.

Como la suspensión le ordena al Ayuntamiento mantener la concesión, pero la primera se emitió cuando la segunda había dejado de existir, entonces, de acatarse por la autoridad, estaría teniendo "efectos restitutorios", pues pide regresar a algo que ya no está, dice Dávalos Navarro, y dichos "efectos" sólo pueden ser materia de la resolución final de un juicio, pero no de sus mandamientos cautelares. 

EL INFORMADOR / LUIS HERRERA

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