Jalisco

Fallan a favor de reordenar la ciudad

Por 'interés social', Tribunal Colegiado sienta precedente y rechaza suspender el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población

GUADALAJARA, JALISCO (18/MAY/2015).- El Ayuntamiento de Guadalajara recibió una buena noticia. El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa rechazó un amparo a la Asociación de Colonos Vallarta Poniente, que pretendía frenar el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población, del que derivan los nuevos planes parciales del municipio.

“Es improcedente… con esa medida se privaría al municipio del ejercicio de sus facultades para las tareas en materia de urbanismo y planificación, en detrimento de la sociedad y del propio nivel de Gobierno; es decir, se contravendrían disposiciones de orden público y se afectaría el interés social”, se lee en la Tesis III.2o.A.62 A (10a.) publicada en el Semanario Judicial de la Federación.

En otras palabras, los intereses particulares de unos cuantos no pueden estar por encima del interés social de un municipio habitado por 1.4 millones de tapatíos.

Lo anterior es fundamental para resolver otro problema de fondo por el que atraviesa la alcaldía: una medida cautelar emitida por el polémico magistrado Armando García Estrada, del Tribunal Administrativo del Estado (TAE), que en marzo suspendió los 50 nuevos planes parciales hasta que se resuelva de fondo una demanda contra el municipio. ¿Qué está en juego?: Los nuevos instrumentos de desarrollo urbano aprobados en febrero pasado por el Ayuntamiento, que pretenden reordenar la ciudad, darle dinamismo, inversión y empleo, porque ante la falta de una actualización de esos planes parciales hay un fenómeno negativo y voraz: en dos décadas Guadalajara perdió 155 mil habitantes. Decidieron migrar a otros municipios por una mala calidad de vida.

El pasado 31 de marzo, la alcaldía interpuso un recurso de reclamación ante el TAE para revocar esa medida cautelar y que los nuevos planes parciales tengan vigencia mientras se resuelve la demanda de fondo. “Aquí es donde la tesis del Segundo Tribunal Colegiado puede servir para revocar la suspensión del TAE, porque es de observancia obligatoria y de la misma forma deben proceder otras instancias”, indica Juan Antonio Parra, asesor de la Presidencia de Guadalajara: “Antes no había un criterio general entre los jueces: unos decían que sí procedía la medida cautelar; otros que no. Hoy, el Colegiado dicta una tesis que norma el mismo criterio a todos. Y por analogía se podrá aplicar a favor del Programa de Desarrollo Urbano, del Plan del Centro de Población y de los planes parciales”. Los tres rigen el desarrollo urbano municipal.

Sobre la medida cautelar, son 17 ciudadanos con intereses particulares los que demandaron al Ayuntamiento. Por eso el alcalde Ramiro Hernández confía en que el TAE resuelva a favor del “interés social” para reordenar el municipio.

Temas

Sigue navegando