Internacional
CIDH rechaza ley inmigración aprobada en Arizona
La nueva ley de inmigración que se aprobó en Arizona, EU es preocupante para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
ARIZONA, ESTADOS UNIDOS, (28/ABR/2010).- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (
CIDH) expresó su preocupación por la nueva ley de inmigración que se aprobó en Arizona, Estados Unidos, ante el alto riesgo de discriminación racial en la implementación de la legislación.
Exhortó a las autoridades de Estados Unidos a buscar los mecanismos adecuados para modificar la ley recientemente aprobada en dicho estado "a fin de adecuarla a los estándares internacionales de derechos humanos para la protección de los y las migrantes".
A través de un comunicado, el organismo se expresó en contra de la criminalización de la presencia de indocumentados, por lo que recordó que las normas internacionales establecen que la detención debe aplicarse sólo de manera excepcional y luego de haber analizado, en cada caso, su necesidad y proporcionalidad.
Explicó que la CIDH indicó en julio de 2008 en una resolución sobre la "Directiva de Retorno" adoptada por el Parlamento Europeo el 18 de junio de ese año, que los Estados deben evitar la prolongación excesiva de la detención en todos los casos, y deben asegurar que sea lo más breve posible. Asimismo, la detención debe ser ordenada por la autoridad competente, que por regla general debe ser un juez.
Dijo que la ley, que fue firmada el 23 de abril pasado y entraría en vigor en tres meses, exige que la policía de Arizona pregunte sobre la situación migratoria de cualquier persona sobre la cual tenga "sospecha razonable" de que no está autorizada a estar legalmente en Estados Unidos.
Además, establece que la presencia de un inmigrante indocumentado en Arizona configura un delito criminal y que la persona será además culpable de "traspaso", delito que lleva una pena de hasta seis meses de prisión y el pago de una multa más los costos de haber estado en prisión.
Detalló que el derecho internacional reconoce que los países pueden establecer mecanismos para controlar el ingreso y la salida de extranjeros de su territorio.
Agregó que de igual forma establece que las acciones en este sentido deben realizarse dentro del pleno respeto a los derechos de las personas afectadas, y que la observancia de principios fundamentales como la no discriminación y los derechos a la libertad e integridad personal no pueden subordinarse a la implementación de los objetivos de las políticas públicas.
Exhortó a las autoridades de Estados Unidos a buscar los mecanismos adecuados para modificar la ley recientemente aprobada en dicho estado "a fin de adecuarla a los estándares internacionales de derechos humanos para la protección de los y las migrantes".
A través de un comunicado, el organismo se expresó en contra de la criminalización de la presencia de indocumentados, por lo que recordó que las normas internacionales establecen que la detención debe aplicarse sólo de manera excepcional y luego de haber analizado, en cada caso, su necesidad y proporcionalidad.
Explicó que la CIDH indicó en julio de 2008 en una resolución sobre la "Directiva de Retorno" adoptada por el Parlamento Europeo el 18 de junio de ese año, que los Estados deben evitar la prolongación excesiva de la detención en todos los casos, y deben asegurar que sea lo más breve posible. Asimismo, la detención debe ser ordenada por la autoridad competente, que por regla general debe ser un juez.
Dijo que la ley, que fue firmada el 23 de abril pasado y entraría en vigor en tres meses, exige que la policía de Arizona pregunte sobre la situación migratoria de cualquier persona sobre la cual tenga "sospecha razonable" de que no está autorizada a estar legalmente en Estados Unidos.
Además, establece que la presencia de un inmigrante indocumentado en Arizona configura un delito criminal y que la persona será además culpable de "traspaso", delito que lleva una pena de hasta seis meses de prisión y el pago de una multa más los costos de haber estado en prisión.
Detalló que el derecho internacional reconoce que los países pueden establecer mecanismos para controlar el ingreso y la salida de extranjeros de su territorio.
Agregó que de igual forma establece que las acciones en este sentido deben realizarse dentro del pleno respeto a los derechos de las personas afectadas, y que la observancia de principios fundamentales como la no discriminación y los derechos a la libertad e integridad personal no pueden subordinarse a la implementación de los objetivos de las políticas públicas.