Lunes, 17 de Febrero 2025
México | Fraude

Validan sancionar penalmente a ''brujos'' y ''yerberos''

La SCJN aclaró que no prohibe ningún tipo de práctica espiritual, sino que castigará a quienes lucren indebidamente con la superstición de la población

Por: SUN

CIUDAD DE MÉXICO (03/JUN/2010).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es válido sancionar penalmente, por el delito de fraude específico, a los “brujos” o “yerberos” que obtengan un lucro indebido aprovechándose de la ignorancia, preocupaciones o superstición de la población.

El máximo tribunal del país aclaró que su decisión no está enfocada a prohibir ningún tipo de práctica espiritual o ideológica, ni de medicina alternativa, naturista u homeopática, sino única y exclusivamente a respaldar que se castigue a quienes cometan fraudes al amparo de estas prácticas.

Los ministros de la Primera Sala de la Corte, por cuatro votos contra uno, se pronunciaron sobre el tema al negarse a amparar a dos personas que se ostentaban como curanderos en San Luis Potosí, que se hacían llamar Los Hermanos Kendall y que fueron sentenciados a ocho años de prisión por el delito de fraude específico.

Los Hermanos Kendall sacaban diversas cantidades de dinero a sus víctimas, a quienes daban bebedizos e infusiones para supuestamente curarlos de malestares físicos, pero también de males que, afirmaban, detectaban en las casas de sus pacientes.

La Corte precisó que dicho artículo no perjudica las actividades de las medicinas alternativa, naturista u homeopática, en tanto que éstas, además de contar con cierto grado de validez técnica, han seguido una línea tendiente a su normalización.

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