Sábado, 25 de Octubre 2025
México | La norma entra en vigor el 1 de septiembre

La ley antilavado ya tiene reglamento

La norma obliga a ciertas entidades a informar sobre operaciones que puedan implicar el uso de recursos ilícitos

Por: EL INFORMADOR

Las entidades deberán informar sobre operaciones sospechosas. AP /

Las entidades deberán informar sobre operaciones sospechosas. AP /

CIUDAD DE MÉXICO (17/AGO/2013).- La Secretaría de Hacienda dio a conocer el reglamento de Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, el cual establece las bases y disposiciones de orden público y de observancia general en el país.

Esta ley obliga a ciertas entidades a informar a la dependencia sobre operaciones que puedan implicar el uso de recursos ilícitos, y faculta a las autoridades para investigar dichas operaciones.

Hacienda precisa que las reglas están dirigidas a recabar elementos útiles para prevenir, investigar y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los relacionados con estos, las estructuras financieras de organizaciones delictivas y evitar el uso de esos recursos para su financiamiento

El presente reglamento entrará en vigor el próximo 1 de septiembre, salvo lo referente a las atribuciones conferidas a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT) señaladas en el reglamento, las cuales estarán vigentes a partir de este sábado.

Asimismo, la SHCP refiere que las disposiciones relativas a la obligación de presentar avisos por parte de quienes realicen las Actividades Vulnerables, así como las restricciones al efectivo, entrarán en vigor en 60 días naturales después la publicación del presente reglamento.

CLAVES

Las actividades vulnerables


1 El documento destaca que se considera como actividades vulnerables la venta de boletos, fichas o cualquier otro comprobante similar, a cualquier acto u operación por medio del cual se reciban recursos que permitan la realización de actividades vinculadas con la práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos.

2 También considera vulnerables las prácticas de juegos con apuestas, concursos o sorteos, la emisión o comercialización de tarjetas de servicios o de crédito no bancarias. Así como de cheques de viajero, la prestación de operaciones de mutuo, de garantía, de crédito o prestado realizada por personas distintas a las entidades financieras.

Temas

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones