México | Disminuir el patrimonio del Gobierno del DF podría afectar a otros programas La SCJN resolverá indemnización que otorgará el GDF Disminuir patrimonio del Gobierno del DF podría causar daños colaterales a otros programas Por: NTX 6 de agosto de 2015 - 10:09 hs Una persona exige 15 millones de pesos como pago del daño moral causado por la muerte de su hija a causa de negligencia médica. NTX / ARCHIVO CIUDAD DE MÉXICO (06/AGO/2015).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN) resolvió atraer dos amparos para determinar el monto de la indemnización que debe darse a víctimas por daño moral cuando el obligado es un ente público, en este caso el Gobierno del Distrito Federal (GDF). La Primera Sala también podría determinar si cabe hacer distinciones debido a que existe la presunción de que al mermar el patrimonio del GDF se podrían vulnerar otros programas, afectándose al resto de los ciudadanos de la ciudad de México. En este asunto, la corte atrajo el amparo que promovió una persona que exigió 15 millones de pesos como pago del daño moral causado por la muerte de su hija por negligencia médica y actos discriminatorios, así como el que interpuso el GDF contra el monto de la indemnización. Este pago fue concedido a la afectada por un juzgado en Materia Civil, después de que acreditó que su hija de tres años de edad fue víctima de discriminación por vivir en situación de pobreza y falleció al contraer varicela en un albergue de la Secretaría de Desarrollo Social del GDF. El asunto ha tenido una secuela procesal en la que se han emitido varias sentencias de amparo, y por ello la sala responsable ha variado el monto de indemnización, debido a que el tribunal colegiado le ha indicado diversos elementos que deben ser tomados en consideración para tales efectos. La Primera Sala determinó atraer los dos amparos para pronunciarse sobre los parámetros que resultarían aplicables para fijar el monto que debe resarcirse a la víctima en una demanda de daño moral cuando el obligado es un ente público, o si bien cabe hacer distinciones. Destacó la importancia del caso al señalar que podrá pronunciarse sobre el derecho humano a la justa indemnización en términos del Artículo 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en relación con el primero constitucional. También de los elementos que se deben tomar en consideración para fijar la cantidad por concepto de reparación del daño moral cuando es condenado un ente público, y si habría afectación al interés general si se concede el amparo a la madre de la víctima y, con ello, los 15 millones de pesos. Temas SCJN Sedesol Gobierno del Distrito Federal Lee También México reacciona a acuerdo de paz entre Israel y Hamás "La Mañanera" de Sheinbaum de hoy viernes 10 de octubre de 2025 El efecto Donald Trump Gobierno federal refuerza combate a extorsión y desapariciones Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones