Viernes, 10 de Octubre 2025
México | Víctimas deben esperar justicia castrense

La Corte evita fuero militar; desecha amparo

Víctimas no pueden impedir que mílites sean juzgados por iguales

Por: SUN

CIUDAD DE MÉXICO.- Los elementos de las Fuerzas Armadas que cometan delitos que afecten a la población, como los relacionados con violaciones de derechos humanos, seguirán siendo juzgados por los tribunales militares.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el amparo que promovió una mujer, de nombre Reynalda Morales, que buscaba que los militares que asesinaron a su esposo, en la comunidad de Santiago de Caballeros, Sinaloa, el 26 marzo de 2008, fueran juzgados por civiles y no por tribunales militares.

La decisión se adoptó en apenas dos horas de análisis, en las que las opiniones de los ministros del máximo tribunal se dividieron en dos bloques, al grado que se tuvo que esperar hasta la última intervención --la del presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia--, para conocer el futuro del juicio.

Con su sentencia, la Corte evitó revisar los argumentos que presentó la defensa de la Morales en el sentido de que el artículo 57 del Código de Justicia Militar, que permite que los militares sean juzgados por militares cuando cometan delitos en sus tareas de combate a la delincuencia, viola lo previsto en la Constitución.

De acuerdo con la defensa de Reynalda, asumida por un grupo de organizaciones no gubernamentales defensoras de derechos humanos, el fuero militar, contemplado en el Artículo 13 de la Constitución, sólo permite que los elementos de las Fuerzas Armadas sean juzgados por tribunales castrenses cuando cometan delitos que atenten contra la disciplina militar.

Los argumentos que presentó la defensa los compartió el ministro José Ramón Cossío, quien presentó un proyecto de sentencia en el que propuso amparar a la mujer para que los militares que presuntamente asesinaron a su esposo fueran juzgados por autoridades judiciales civiles.

De entrada, al presentar en público su propuesta, Cossío les pidió reflexionar a sus compañeros el hecho de que “lo que estamos haciendo aquí es analizar única y exclusivamente el artículo 57, no estamos analizando la actuación concreta y particular de las Fuerzas Armadas.

“Si este proyecto llegara a tener mayoría y se llegara a una determinación de inconstitucionalidad, me parece que lo que procede o lo que se debe entender es que se está haciendo un reproche al legislador por haber establecido en 1933… por un exceso y por llevar el fuero militar más allá de lo que, a nuestro parecer, es el Artículo 13 Constitucional”.

Pero la mayoría de sus compañeros estimó que el caso ni siquiera debía ser revisado por la Corte y con un voto más a favor, el pleno del alto tribunal desechó el juicio de Morales, pues estimó que ni siquiera procedía analizarlo, porque ni la Ley de Amparo ni el Artículo 20 de la Constitución le otorgan a las víctimas el derecho de impugnar la decisión de llevar al fuero militar los delitos cometidos por militares en contra de civiles.

Frustrados

Llegaron con la ilusión de hacer historia, de lograr que se restringiera el fuero militar para evitar abusos e impunidad en la violación de derechos humanos. Y salieron de la Suprema Corte con caras largas, cabizbajos, frustrados, diría el director para las Américas de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco.

Desde ahora anticipa que las instancias internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), son la única opción que queda para lograr que los militares sean juzgados por civiles cuando cometen delitos contra la población. (El Universal)

FICHA TÉCNICA

Víctimas no pueden impedir que mílites sean juzgados por iguales

-- Por cuestiones técnicas, por seis votos contra cinco, la mayoría de ministros del alto tribunal determinó que las víctimas u ofendidos de los delitos cometidos por militares no tienen derecho a ampararse para tratar de impedir que sus agresores sean juzgados por los tribunales del propio Ejército.
-- Con base en este argumento, la Corte cerró el juicio sin analizar el tema del fuero militar y sin pronunciarse sobre si viola o no la Constitución el hecho de que los elementos de las Fuerzas Armadas sean juzgados por tribunales castrenses cuando cometan delitos que afecten a la población civil.

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