México | Primeras 12 semanas de gestación La Corte avala despenalizar el aborto en el Distrito Federal La Corte oficializó, después de seis meses, su aval a la despenalización del aborto en el Distrito Federal en las primeras 12 semanas de gestación Por: SUN 3 de marzo de 2009 - 01:52 hs CIUDAD DE MÉXICO.- La Corte oficializó, después de seis meses, su aval a la despenalización del aborto en el Distrito Federal en las primeras 12 semanas de gestación, al dar a conocer la sentencia que redactó en torno a este caso y que le notificó a la Asamblea Legislativa, a la Procuraduría General de la República y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos. En el documento que les hizo llegar a las autoridades locales y federales, la Corte declinó emitir algún criterio o ponderación que diga si los derechos de las mujeres se ubican por arriba de los derechos del producto de la concepción, como habían mencionado algunos ministros durante la discusión del caso en agosto de 2008. Debido a que no se encontraron las coincidencias necesarias entre los ministros de mayoría, a la hora de redactar la sentencia, el pleno de la Corte optó por no pronunciarse sobre este tema. Con base en los tres principios antes citados, se explica a lo largo de la sentencia de 209 hojas, por ocho votos contra tres, la mayoría de ministros llegó a la conclusión de que los legisladores del Distrito Federal ejercieron las atribuciones que tienen para despenalizar los abortos sin violar ni la Constitución ni alguna norma internacional. “Este Tribunal --se argumenta en el documento-- considera que la medida utilizada por el Legislador resulta de este modo idónea para salvaguardar los derechos de las mujeres, pues la no penalización de la interrupción del embarazo tiene como contraparte la libertad de las mujeres para que decidan respecto de su cuerpo, de su salud física y mental e, incluso, respecto de su vida, pues no podemos desconocer que aún en la actualidad, como lo refiere claramente el Legislador del Distrito Federal en su exposición de motivos, existe mortandad materna”. Y se hace énfasis en que los legisladores del Distrito Federal, en uso de sus facultades, tomaron “en cuenta el incipiente desarrollo del embrión y la seguridad y facilidad de la interrupción del embarazo sin graves consecuencias para la salud de la mujer en contraposición”. FICHA TÉCNICAEn qué se basó la sentencia La sentencia de 209 hojas, que redactó el ministro José Ramón Cossío, y que contó con el respaldo de la mayoría de los ministros que se pronunciaron por avalar las reformas capitalinas, parte de tres principios básicos: Primero. Los congresos locales y no la Federación son quienes tienen la atribución de legislar sobre el tema del aborto. Segundo. El derecho a la vida no se encuentra expresamente reconocido ni protegido en la Constitución y, derivado de la interpretación de diversos tratados internacionales firmados por México, se concluye que el derecho a la vida no es absoluto. Además de que ni la Constitución ni alguna norma internacional obligan a que se sancione cualquier conducta que se considere que afecte la vida. Tercero. Los legisladores, de acuerdo a sus propias ponderaciones, son quienes tienen la facultad de decidir qué conductas no deben ser sancionadas penalmente. Temas SCJN Estados Aborto Distrito Federal Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones