Martes, 14 de Octubre 2025
México | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Exoneran a Peña Nieto por spots en tiempos de campaña

La querella del PAN no impacta al político, pero sí tendrá efecto en las televisoras que difundieron los promocionales

Por: EL INFORMADOR

El gobernador del Estado de México sale limpio, tras ser acusado de violar los artículos 41 y 134 de la Constitución. EL UNIVERSAL  /

El gobernador del Estado de México sale limpio, tras ser acusado de violar los artículos 41 y 134 de la Constitución. EL UNIVERSAL /

CIUDAD DE MÉXICO (05/MAY/2011).- La imagen de Enrique Peña Nieto salió bien librada. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exoneró al gobernador del Estado de México de la difusión de promocionales a escala nacional sobre su Quinto Informe de Gobierno, tras una votación dividida.

El 1 de septiembre pasado el Partido Acción Nacional (PAN) presentó una queja ante el Instituto Federal Electoral (IFE) contra el mandatario mexiquense, por la promoción personalizada y difusión de propaganda gubernamental a nivel nacional durante periodo de precampañas en Guerrero y Baja California

De acuerdo con el PAN, los dos spots de 43 y 42 segundos difundidos por TV Azteca y Televisa, fueron violatorios de los artículos 41 y 134 constitucional que prohíbe la difusión de ese tipo de publicidad en periodo electoral. Los spots pasaron del 29 de agosto al 10 de septiembre.

En la sesión de ayer, cuyo punto de discusión se extendió por más de tres horas, cuatro de siete magistrados respaldaron la propuesta de la presidenta del TEPJF, María del Carmen Alanís, para que se sancione solamente a las televisoras que difundieron los spots en el país, con excepción de Tlaxcala.

Para Alanís, la difusión de los promocionales ocurrió de manera unilateral por los concesionarios, por lo que subrayó que ni Peña Nieto, ni el coordinador de comunicación social, David López, son responsables de violaciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

La Sala Superior del TEPJF otorgó un plazo de 15 días al Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) para individualizar las sanciones contra las televisoras.

Los magistrados Pedro Esteban Penagos, Alejandro Luna Ramos y Salvador Nava Gomar coincidieron que no se puede violentar el Cofipe, con el argumento de que hay un contrato de por medio con Televisa y Televisión Azteca con plazos y tiempos establecidos.

“¿Cómo que un tercero es el responsable y el servidor público no?”, apuntó Penagos.

Alanís descartó que el mandatario mexiquense haya violado el Artículo 134 constitucional, como lo determinó el IFE, ya que su aparición, “estuvo amparada por los supuestos que permiten realizar promoción siete días antes y cinco días posteriores del Informe de Gobierno o de gestión de un funcionario público”.

TELÓN DE FONDO
El caso Puebla


El miércoles 16 de junio de 2010 el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) sancionó a la coalición “Alianza Puebla Avanza” formada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y el Verde Ecologista de México (PVEM), a Enrique Dóger Guerrero (ex alcalde priista poblano) y a Televisión Azteca, por difundir un spot con expresiones denigratorias y calumniosas en contra de Rafael Moreno Valle, en ese entonces candidato a gobernador por la Coalición “Compromiso por Puebla”.

Esa ocasión, el IFE informó que la multa económica para la televisora superó los tres millones de pesos.

De esa forma, el IFE dio respuesta a la queja presentada por el Partido Acción Nacional (PAN), pues el promocional difundido el 4 de junio pasado, Dóger Guerrero utilizó las frases: “... Quien provocó el desajuste de las finanzas públicas del Estado hoy es el candidato de la Coalición sin ningún compromiso por Puebla” y “¿Puede alguien que viola la ley aspirar a gobernar un estado?”, que son “un ataque a la reputación de Moreno Valle”.

A la postre, Moreno Valle ganó la gubernatura poblana en los comicios de julio de 2010.

Aplican castigo al PT
López Obrador escapa a sanción del TEPJF

CIUDAD DE MÉXICO.-
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución del Consejo General del IFE que consideró infundada la denuncia contra Andrés Manuel López Obrador y el Partido del Trabajo, por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña.

Los magistrados de la Sala Superior votaron por unanimidad a favor de que el Instituto Federal Electoral (IFE) emita una nueva resolución que sancione conforme a derecho al PT por la violación de la normativa electoral federal, pero eximieron al político tabasqueño.

El pleno del tribunal determinó revocar dicha resolución, al resolver un recurso de apelación del Partido Acción Nacional (PAN) en lo relativo a la difusión de diversos espacios, en radio y televisión, respecto del proceso electoral 2011-2012.

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