México | El PRD debe pagar multa; PT y Movimiento Ciudadano reciben amonestación El IFE reduce sanción por spot de María Rojo Habrá multa por más de 304 mil pesos contra el PRD, y sólo amonestación a PT y Movimiento Ciudadano Por: NTX 7 de marzo de 2012 - 19:58 hs La senadora aparece en el spot hablando de un ''cambio verdadero''. / CIUDAD DE MÉXICO (07/MAR/2012).- El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) aprobó multar con más de 304 mil pesos al PRD por el spot en el que aparece la senadora María Rojo hablando de "un cambio verdadero". Sin embargo, cambió la sanción económica que se planteó aplicar al Partido del Trabajo (PT) y al Movimiento Ciudadano por una amonestación pública. El proyecto de acuerdo que discutió el Consejo General proponía aplicar una multa de 995 mil 737 pesos al Partido de la Revolución Democrática (PRD), de 499 mil 666 al Partido del Trabajo (PT) y de 468 mil 938 pesos al Movimiento Ciudadano. Luego de una larga discusión y a propuesta del consejero Benito Nacif, los consejeros aceptaron reducir el monto de la multa al partido del sol azteca, así como permutar al PT y al Movimiento Ciudadano la sanción económica por una amonestación pública. En la sesión extraordinaria de este jueves el colegiado también resolvió declarar infundado el proyecto que proponía dar vista al Senado, para que determinara si aplicaba o no una sanción a la perredista María Rojo por supuesta "promoción personalizada". En el proyecto de acuerdo presentado al Consejo General del IFE se estableció que la senadora y candidata del Movimiento Progresista a diputada federal por el Distrito XVII de la capital, no informó que el promocional era dirigido a militantes de su partido. En entrevista, el consejero Nacif Hernández explicó que uno de los agravios planteados era el de "promoción personalizada" en propaganda gubernamental, lo cual está prohibido en el Artículo 134 de la Constitución. Sin embargo aclaró que en este caso se está ante propaganda de los partidos políticos, que no se considera propaganda gubernamental, por lo que ese agravio quedó infundado. Resaltó que debe diferenciar la propaganda gubernamental de la política-electoral, ya que están sujetas a regulaciones y restricciones distintas; eso hay que mantenerlo, porque "las restricciones de una no aplican a otra". Al respecto precisó que las mayores restricciones son para la propaganda gubernamental, en la que no puede aparecer la imagen de un servidor público, la voz ni algún símbolo que implique promoción personalizada, lo que no aplica para la propaganda política-electoral. En cuanto al porqué no se sancionó a María Rojo, explicó que una vez como precandidata puede aparecer en radio y televisión, ya que el acuerdo que se aprobó en el Consejo General se estableció que en esos medios de comunicación no pueden aparecer precandidatos únicos. Aclaró que los que sí pueden aparecer son aquellos que contienden por la precandidatura siempre que dejen claro que lo hacen en el contexto de una contienda interna, de acuerdo con lo que establece el procedimiento de selección del partido político. Indicó que ese requisito no se cumplió a pesar de que aparecía la imagen, la voz y el nombre de una precandidata registrada y además senadora, lo cual en este caso no es incompatible porque "la ley no la obliga a renunciar o a pedir licencia para contender por una candidatura". El martes, el Consejo General del Instituto Federal Electoral había anunciado que analizaba imponer multas por casi dos millones de pesos a los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano por el spot de la senadora. Temas IFE Política María Rojo Lee También El "próximo premio será la libertad de Venezuela": María Corina Machado Esposa de Salinas Pliego responde si el empresario se lanzará para presidente La aparente estabilidad mexicana La embriaguez del poder: cuando el alma se emborracha de sí misma Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones