Jalisco | José María Martínez propone modificar segundo párrafo del artículo 17 de la Consitución Propone senador que Estado repare daños por errores judiciales José María Martínez propone modificar el segundo párrafo del artículo 17 de la Constitución Mexicana Por: EL INFORMADOR 11 de septiembre de 2012 - 19:09 hs La propuesta del Senador José María Martínez Martínez de Acción Nacional se turnó para su análisis. ARCHIVO / GUADALAJARA, JALISCO (11/SEP/2012).- El senador panista José María Martínez Martínez propuso reformar el segundo párrafo del artículo 17 de la Constitución Mexicana para consagrar como garantía individual el derecho a la reparación de los daños causados por error judicial. El legislador federal por Jalisco estimó que el Estado de Derecho debe garantizar la inviolabilidad de sus garantías, otorgándoles las herramientas necesarias para restablecer el derecho violado y obtener la indemnización por el perjuicio sufrido. Consideró paradójico que sea justamente en el ámbito de la administración de justicia donde se sustraiga al Estado del sometimiento al derecho respecto a los daños que origina. "La iniciativa que se somete a consideración pretende distinguir y contemplar dos tipos de daños causados por los órganos judiciales: por error judicial y por el funcionamiento anormal de la administración de justicia", acotó. En este sentido, Martínez Martínez puso como ejemplo el caso de José Antonio Zúñiga, quien en diciembre de 2005 fue acusado de homicidio y encarcelado sin existir suficientes evidencias en su contra, según se reveló en "Presunto culpable", película-documental que protagonizó. "Él pasó 804 días en que no tuvo la oportunidad de poder resarcirle -el Estado- a José Antonio esta mala práctica que hoy denominaremos error judicial. Pero hay muchos José Antonios anónimos que no han tenido la oportunidad ni la fortuna de salir en una, por eso, considero vital que el Senado pueda incluir en el régimen de responsabilidad patrimonial del Estado mexicano al Poder Judicial, pues una práctica anormal, un error judicial, puede provocar daños irreparables", enfatizó. De este modo, precisó que de acuerdo con su proyecto los daños causados por error judicial serán los ocasionados como consecuencia de la adopción de resoluciones injustas. "Para que exista error judicial es necesario que se haya dictado una resolución judicial manifiestamente equivocada, cuyas consecuencias causen directamente, por sí mismas, daño en los bienes o derechos de una persona", subrayó. En consecuencia, aclaró, no cualquier error puede generar el derecho a indemnización, sino que éste ha de ser evidente e injustificable. "La acción quedará reservada solamente para los supuestos de decisiones injustificables desde el punto de vista del derecho, para equivocaciones patentes, manifiestas y palmarias en la fijación de los hechos, o en la interpretación o aplicación de la ley, causantes de una resolución absurda que rompa la armonía del orden jurídico, de forma que el órgano jurisdiccional haya actuado abiertamente fuera de los cauces legales", agregó. Respecto a la anormalidad del funcionamiento de la administración, indicó que ésta no implica referencia alguna al elemento de ilicitud o culpabilidad en el desempeño de las funciones judiciales, al tratarse de un tipo de responsabilidad objetiva. "Es decir, a diferencia del error judicial, un caso de funcionamiento anormal de la administración de justicia se da cuando no existe una resolución judicial que directamente prive de bienes o derechos a una parte o le imponga indebidamente obligaciones o gravámenes, pero que por las actuaciones procesales le hayan generado daños y perjuicios injustificados", refirió. La propuesta del Senador de Acción Nacional se turnó para su análisis a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos. EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ Temas Congreso local PAN Jalisco Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones