Miércoles, 15 de Mayo 2024
Jalisco | Especialistas advierten que este recurso contraviene los derechos humanos

Fiscalía arraiga a cinco por mes

Especialistas advierten que este recurso contraviene los derechos humanos de libertad y presunción de inocencia

Por: EL INFORMADOR

El arraigo permite al MP privar a una persona de su libertad sin haber acreditado su probable responsabilidad en un ilícito. ARCHIVO /

El arraigo permite al MP privar a una persona de su libertad sin haber acreditado su probable responsabilidad en un ilícito. ARCHIVO /

GUADALAJARA, JALISCO (12/MAY/2013).- El uso del arraigo en Jalisco por parte de la ahora Fiscalía Central se ha mantenido al paso de los años a la sombra, con poca información estadística disponible, lo que ha dificultado hacer evaluaciones, inclusive a la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ), así como determinar si su utilización ha caído en el abuso —siendo un abuso en sí mismo— o su grado de eficiencia.

El arraigo es una medida de investigación por la cual el Ministerio Público puede privar a una persona de su libertad por un máximo de 60 días naturales, sin haberle acreditado su probable responsabilidad en un ilícito (la consignación), pero motivado por indicios y sospecha. Un juez penal debe autorizar la orden.

La Dirección de Estadística sobre Actuación del Ministerio Público y Procedimiento Penal de la otrora Procuraduría de Justicia, sin embargo, no genera información sobre el arraigamiento de detenidos en la Entidad: la declara inexistente, por lo que la alternativa recae en el Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco (CJEJ), que sí lo hace, pero sólo a partir de julio de 2011. Desde esa fecha a marzo de 2013, el CJEJ reportó que los jueces penales le han concedido a la Fiscalía Central 109 órdenes de arraigo —cinco por mes, en promedio—, sin ofrecer datos ni indicadores más precisos, es decir, sin categorizar sobre qué delitos fueron implementadas, ni cuántos arraigados fueron consignados u obtuvieron sentencias.

Esta “providencia cautelar”, coinciden Guillermo Zepeda Lecuona, desde la academia, y Javier Perlasca Chávez, segundo visitador general de la CEDHJ, es un “parche” en el sistema garantista de la Constitución, pues viola derechos humanos como libertad y presunción de inocencia, siendo su lógica la de “detener para investigar, y no investigar para detener”; además, contradice tratados internacionales signados por el país que lo prohíben.

La CEDHJ reportó que, en promedio anual, hay entre 50 y 60 quejas por violación de derechos que se originan durante los arraigos de la Fiscalía, presentadas por representantes de los indiciados, no contra la figura misma —es constitucional—, sino denunciando formas de tortura (como la psicológica) mientras son privados de su libertad, además de lesiones, negación de la defensa asistida, maltrato o porque se niega a sus parientes el paradero.

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