Jalisco | Se mantendrá mientras la Suprema Corte de Justicia de la Nación determine lo contrario Continúa obligatoria norma para interrumpir embarazo en caso de violación La NOM 046 establece la obligación del personal de salud a proporcionar anticoncepción de emergencia o servicios de interrupción del embarazo a mujeres víctimas de violación sexual Por: EL INFORMADOR 27 de junio de 2009 - 09:29 hs GUADALAJARA, JALISCO.- Los Hospitales de Jalisco siguen obligados a cumplir con la norma oficial 046, mientras la Suprema Corte de Justicia de la Nación no determine lo contrario, pese a la actual controversia constitucional para prohibir la interrupción legal del embarazo y anticoncepción de emergencia en casos de violación, iniciada por el gobernador Emilio González. Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDHJ), señala que “en caso de embarazo por violación y previa autorización de la autoridad competente, en los términos de la legislación aplicable, las instituciones públicas prestadoras de servicio de atención médica, deberán prestar servicio de aborto médico a solicitud de la víctima interesada”. La NOM 046 establece la obligación del personal de salud a proporcionar anticoncepción de emergencia o servicios de interrupción del embarazo a mujeres víctimas de violación sexual. Temas Salud Emilio González Aborto Lee También Inapam: Así puedes acceder a consultas médicas GRATIS con la credencial Sheinbaum defiende el impuesto a bebidas azucaradas ¿Cuál es el ejercicio que quema más calorías? Mala calidad del aire la respira el 99% de la población mundial Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones