Jalisco | Se pretendían reformar artículos de la Ley de Seguridad Pública y Pensiones Comisión Especial para la Reforma de Pensiones del Estado desecha iniciativa Se pretendían reformar los artículos 13, 14, 19 y 20 de la Ley de Seguridad Pública y los artículos 26, 30, 31 y 32 de la Ley del Instituto de Pensiones Por: EL INFORMADOR 11 de septiembre de 2012 - 18:37 hs Legislador asegura que este tipo de sistemas se deben implementar por municipios ya que es su responsabilidad. ARCHIVO / GUADALAJARA, JALISCO (11/SEP/2012).- La Comisión Especial para el Estudio, Análisis y en su caso, Reforma de la Ley de Pensiones del Estado desechó la iniciativa de ley propuesta por el legislador Abraham Kunio González Uyeda con la que se pretendía reformar los artículos 13, 14, 19 y 20 de la Ley de Seguridad Pública y los artículos 26, 30, 31 y 32 de la Ley del Instituto de Pensiones, ambas reglamentaciones del Estado de Jalisco. Con esta reforma se proponía adicionar a este último ordenamiento un Capítulo Décimo dentro del Título Segundo, denominado "Del Sistema complementario de seguridad social para los integrantes de las corporaciones policiales", que tenía por objeto la constitución de un sistema complementario y reconocimientos para los integrantes de las corporaciones policiales del Estado y sus municipios, así como de sus familias y dependientes. Al respecto, el presidente de la Comisión, Juan Pablo Toledo Hecht, dijo que la implementación de un sistema de seguridad social para los policías que laboran en la Entidad tenía como finalidad una reforma a la antigua Ley de Seguridad Pública, "pero que virtud de que se aprobó recientemente la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de que las disposiciones ahí incluidas son de observancia general en todo el territorio nacional, se confirma con ello la obligación constitucional de instrumentar sistemas complementarios en la materia para los elementos de corporaciones policiales y dispone la creación de un régimen especial de reconocimientos y estímulos vinculados al mérito de carrera policial". El legislador especificó que en el cuerpo del dictamen se hace constar que este tipo de sistemas complementarios de seguridad se deben implementar por los municipios y los estados ya que son su responsabilidad. Resaltó que los sistemas de seguridad social van más allá de un derecho fundamental ya que garantizan la protección de la salud, las pensiones, la supervivencia en caso de desempleo y las prestaciones a las que tiene derecho el empleado. Temas Congreso local Reformas constitucionales Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones