Viernes, 19 de Abril 2024
Economía | Como requisito, las personas liberadas deben asistir a un curso de capacitación

Seguro de desempleo beneficiará a sentenciados en libertad

Como requisito, las personas liberadas deben asistir a un curso de capacitación impartido por el Instituto de Reinserción Social

Por: NTX

El solicitante de dicho beneficio deberá presentar boleta de libertad otorgada por la autoridad competente. EL INFORMADOR / ARCHIVO

El solicitante de dicho beneficio deberá presentar boleta de libertad otorgada por la autoridad competente. EL INFORMADOR / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (30/JUL/2015).- La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo hizo modificaciones a las Reglas de Operación del Seguro de Desempleo 2015 sobre requisitos y otros procesos para que las personas preliberadas y liberadas reciban el beneficio.
 
El aviso por el que se dan a conocer las modificaciones establece que para demostrar la calidad de persona preliberada, el solicitante deberá presentar boleta de libertad otorgada por la autoridad competente o papeleta expedida por la Dirección Ejecutiva de Control y Seguimiento de Sentenciados en Libertad del Gobierno del Distrito Federal, debidamente sellada y firmada.
 
Mientras que las personas liberadas tendrán que entregar el oficio de canalización emitido por el Instituto de Reinserción Social o la partida jurídica expedida por la Subsecretaría de Sistema Penitenciario del Gobierno del Distrito Federal o por el Centro de Reclusión correspondiente.
 
En el apartado de obligaciones que deberán cumplir los beneficiados para permanecer en el seguro de desempleo se agrega que las personas preliberadas y/o liberadas podrán asistir en el mes siguiente a su aprobación a un curso de capacitación impartido por el Instituto de Reinserción Social.
 
El documento, que entrará en vigor mañana, señala que el instituto reportará la asistencia de estas personas al curso y se tomará como la primera cartilla de búsqueda de empleo.
 
La Dirección del Seguro de Desempleo, se reserva la facultad de solicitar y revisar la información o documentación contenida en la solicitud, y en el caso de la presentada por personas preliberadas y/o liberadas, ésta será materia de consulta y validación ante la Subsecretaría de Sistema Penitenciario o la autoridad competente.
 
Los requisitos del Seguro de Desempleo serán publicados en la página de la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo, y la página de la Dirección de Seguro de Desempleo.
 
Además, el solicitante podrá hacer uso de los procedimientos de queja o reclamación ante esta dependencia, en sus oficinas centrales, ubicadas en calle José Antonio Torres Xocongo número 58, primer piso, esquina con Fernando de Alva Ixtlilxóchitl, colonia Tránsito, delegación Cuauhtémoc.

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