Viernes, 10 de Octubre 2025
Economía | Iniciativa en el Senado

La CNBV podría vigilar los centros cambiarios

De aprobarse el proyecto, la Cámara Nacional Bancaria y de Valores podría comenzar la nueva labor el próximo mes de septiembre

Por: EL INFORMADOR

Actualmente las casas de cambio y los transmisores de envíos de dinero están a cargo del Servicio de Administración Tributaria (SAT).  /

Actualmente las casas de cambio y los transmisores de envíos de dinero están a cargo del Servicio de Administración Tributaria (SAT). /

CIUDAD DE MÉXICO (21/JUL/2010).- Los centros cambiarios y los transmisores de envíos de dinero están a unos pasos de recibir la vigilancia y supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

De acuerdo con el proyecto de decreto de reformas a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, que se aprobó en la Cámara de Diputados en 2009 y que espera el visto bueno del Senado, se le confieren facultades a la CNBV para que realice la inspección de estos intermediarios, en lugar del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En el caso de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes) no reguladas, la CNBV deberá revisar que éstos cumplan con las reglas para prevenir el “lavado” de dinero.

Esta medida permitirá contar con un organismo supervisor centralizado y con mayores funciones que permitan un adecuado control de las entidades, así como una vigilancia más eficaz, sobre todo de las actividades que se mantienen al margen de la ley en operaciones de compra y venta de divisas y remesas, cita el proyecto de decreto.

El SAT aseguró que tiene sentido que la CNBV sea la autoridad que regule a los centros cambiarios.

El SAT tiene una misión muy clara que es recaudar, así como controlar la entrada y salida de mercancías, dijeron funcionarios del órgano fiscalizador.

Germán Castro, presidente de la Asociación Nacional de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero, confirmó que hay la expectativa de que en septiembre la Cámara de Senadores apruebe la iniciativa.

El empresario afirmó que este organismo insiste con las autoridades sobre la conveniencia de que sea la CNBV quien vigile a los centros cambiarios.

En otras naciones, la supervisión de los centros cambiarios recae en las autoridades financieras “y México es de los pocos países en donde no hay el mayor interés por parte de la CNBV por regular a esta actividad”.

Sociedades mercantiles

El proyecto establece que sólo podrán efectuar operaciones de compra-venta de divisas las personas que se registren ante la Comisión.

Esta inscripción no tiene caducidad, pero puede cancelarse en caso de incumplimiento con la normatividad.

Las reformas a la Ley determinan que los centros cambiarios y los transmisores de dinero deben construirse como sociedades mercantiles y contar con locales físicos para realizar sus operaciones de compra venta de divisas.

En las modificaciones, se dispuso que, con excepción de las casas de cambio y las entidades que conforme a sus leyes, puedan celebrar operaciones de compra, venta y cambio de divisas, sólo las sociedades anónimas que se registren como centros cambiarios ante la CNBV, podrán realizar, en forma habitual y profesional, estas operaciones.

La CNBV también podrá ordenar a las instituciones de crédito, casas de bolsa y casas de cambio con las que operen los centros cambiarios y transmisores de dinero, que suspendan o cancelen los contratos con éstos, cuando se presuman violaciones a la ley.

Germán Castro denunció que los bancos empezaron a cancelar cuentas con los centros cambiarios, lo que obligó a decenas de estos intermediarios a trasladarse a la informalidad.

Reveló que el cierre masivo de contratos limita a los intermediarios. “No tenemos forma de hacer el pago de impuestos”, por lo que muchos de éstos negocios optarán por suprimir el registro ante el SAT y operar al margen de las autoridades financieras.

Qué es la CNBV


La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) que tiene como obejtivo supervisar y regular a las entidades financieras --como la Bolsa Mexicana de Valores, las sociedades de ahorro, instituciones de crédito, etcétera-- a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento para proteger los intereses públicos.

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