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Precio único no vulnera libertad de comercio: SCJN

Según los comerciantes la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, viola esta libertad al fijar un precio único de venta de libros al menudeo. La SCJN contesta

Por: SUN

Las compañías sugieren que imponer un precio único para la venta de los ejemplares representa una violación a sus libertades. ARCHIVO  /

Las compañías sugieren que imponer un precio único para la venta de los ejemplares representa una violación a sus libertades. ARCHIVO /

CIUDAD DE MÉXICO (31/AGO/2011).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió  que el precio único de los libros no vulnera las garantías de libertad de comercio y de igualdad, por lo que se prevé que el pleno niegue el amparo que promovió la empresa Cotsco en contra de esta disposición.

La demandante alegó que la disposición, contemplada en la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, viola la libertad de comercio, porque se concede la facultad exclusiva de fijar al libre arbitrio un precio único de venta de libros al menudeo a dos sujetos de la cadena del libro (editores e importadores). Esa medida, argumenta la empresa, deja al margen a los vendedores, no obstante que también forman parte de la cadena del libro, por lo que esa restricción, afirma, contraviene, sin justificación alguna, la garantía de igualdad.

Plantea que su actividad primordial es constituirse como un club de precios bajos, en el que se llevan a cabo actividades comerciales que tienen a la enajenación y comercialización de diversos productos, entre ellos los libros, por lo que requiere ofrecer al público precios de venta por debajo de los establecidos en el mercado, lo que obstaculiza un precio único.

También alega que cuando se genera una situación en la que se permite a una o varias personas determinadas imponer los precios de los artículos o las cuotas de los servicios, se configura un monopolio, lo que acontece en este caso, al facultar de manera exclusiva a los editores e importadores a fijar un precio único de venta.

El proyecto de sentencia, elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero, plantea que tal violación no existe, porque el establecimiento del precio único protege el interés público. Por mayoría de siete votos contra cuatro, el pleno determinó que no existe violación a la libertad de comercio ni a la garantía de igualdad, aunque varios ministros que votaron a favor de estos dos puntos expresaron diferencias con las consideraciones del proyecto. El ministro Arturo Zaldívar, en la mayoría, expuso que los artículos constitucionales sobre el derecho a la cultura son los que fortalecen la constitucionalidad de la ley impungada.

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